Una sentencia da la razón al dueño de un pub de Badajoz en un contencioso con la SGAE por el uso de música de la organización sin autorización

La Sociedad General de Autores de España demandó al particular y este esgrimió las licencias "Creative Commons"
Por EROSKI Consumer 14 de abril de 2006

Una sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Badajoz, da la razón al propietario del pub Metropol de Badajoz en su contencioso con la Sociedad General de Autores de España.

La SGAE había demandado al empresario por usar música administrada por ellos sin autorización. El dueño del establecimiento esgrimió como argumento la figura de las licencias «Creative Commons».

Esta figura, que surgió en EE.UU. en el año 2001 y cuenta con seguidores como los Talking Heads o el ministro de Cultura Brasileño, el cantante y compositor Gilberto Gil, pretende poner la creación a disposición del público en general al estilo de la filosofía del software libre informático.

La sentencia, emitida el 8 de febrero por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Badajoz, se considera como firme ya que la SGAE renunciado a recurrirla ante la Audiencia Provincial, según manifiesta el dueño del pub, para evitar que siente jurisprudencia.

El demandado es uno de los promotores de la plataforma «Extremadura Creativa», que pretende prestar asesoramiento a los artistas, creadores y científicos que quieran gestionar sus derechos de autor al margen de las condiciones impuestas por la SGAE.

Según ha manifestado, el próximo lunes ofrecerá una rueda de prensa en la que abordará ampliamente este asunto. En su opinión, el carácter firme de la sentencia «supone un nuevo escenario de relaciones entre las sociedades generales de autores y cualquier establecimiento, empresa pública o privada que tenga música en sus instalaciones».

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