Los afectados por el «Prestige» podrán cobrar las indemnizaciones por adelantado

El Estado asumirá el pago de estas compensaciones
Por EROSKI Consumer 21 de junio de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley sobre actuaciones para el abono de indemnizaciones en relación con los daños ocasionados por el accidente del buque «Prestige». Este decreto-ley permite el adelanto de las indemnizaciones a los afectados por el vertido, asumiendo el Estado el pago de estas compensaciones.

Así, autoriza al Instituto de Crédito Oficial (ICO) al pago de las indemnizaciones hasta un máximo global de 160 millones de euros, y al Ministro de Hacienda, Rodrigo Rato, a suscribir acuerdos transaccionales individuales con los damnificados que así lo deseen.

Podrán acceder a estas indemnizaciones todas las personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños derivados del accidente del «Prestige» de conformidad con lo establecido en el Convenio Internacional sobre la Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos (FIDAC) y el Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil de Daños debidos a Contaminación por Hidrocarburos.

Las comunidades autónomas y las corporaciones locales afectadas por el vertido también podrán realizar convenios de colaboración con la Administración General del Estado para resarcir los gastos y daños causados por dicho accidente.

Los damnificados que acepten el adelanto de las indemnizaciones desisten y renuncian a todas sus acciones judiciales y a cualquier reclamación indemnizatoria extrajudicial derivada del siniestro del buque, recibiendo como contrapartida el importe de la indemnización correspondiente.

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