Los plazos del Prever y el desguace

¿Puedo acceder a las bonificaciones si soy propietario desde hace menos de nueve meses de un vehículo que se va a desguazar? ¿Qué plazo tengo para adquirir uno nuevo tras efectuar el desguace?
Por EROSKI Consumer 13 de octubre de 2003

El artículo 6 de la Ley 53/2002 suprimió, desde el 1 de enero de 2003, el requisito de ser propietario durante al menos nueve meses de un vehículo que se va desguazar para poder acceder a la subvención. Este plazo se eliminó tanto para automóviles de turismo como para vehículos de hasta 6 Tm.

Según explica la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios GANVAM en uno de sus boletines, el vehículo nuevo habrá de adquirirse en un plazo de seis meses a partir de la baja oficial del usado. En todo caso, la edad del automóvil dado de baja deberá ser superior a diez años para acceder al Prever. Si la primera matriculación no tuvo lugar en España, se exige, además, matrícula española desde al menos seis meses antes del desguace.

El plan contempla bonificaciones de hasta 480,81 euros que pueden llegar a 721,21 si el vehículo desguazado no es apto para utilizar gasolina sin plomo y se sustituye por otro provisto de catalizador. La ayuda para vehículos industriales, hasta 489,81 euros, se concede al fabricante a través de un descuento en su cuota del Impuesto de Sociedades.

El plan Prever finaliza el 31 de diciembre de 2003. Las nueve principales asociaciones del sector, reunidas en el Foro Encuentro del Sector de la Automoción solicitaron un nuevo plan para el 2004, sin obtener respuesta oficial hasta el momento.

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