Dentro de las medidas contempladas en el Plan Especial de Seguridad Vial 2004, recientemente aprobado por el Gobierno, se incluye la Educación Vial en los colegios. Este apartado contempla cinco aspectos:
1.- Incluir la Educación Vial en la enseñanza obligatoria en el periodo de 12 a 16 años. Los alumnos podrán obtener un ‘Certificado Escolar de Seguridad Vial’ que se tendrá en cuenta cara al examen de la licencia de conducir.
Las administraciones autonómicas serán las responsables de llevar la Educación Vial a las escuelas, ya que todas las comunidades tienen transferidas las competencias en Educación. El material didáctico se elaborará mediante un convenio entre los ministerios del Interior, Educación, Ciencia y Tecnología así como con las consejerías correspondientes.
2.- Incluir en los manuales de las autoescuelas información sobre las principales causas de los accidentes y las ventajas de los sistemas de seguridad activa y pasiva.
3.- Los conductores noveles tendrán un sistema sancionador específico, orientado a su formación. Cometer tres infracciones graves o dos muy graves en los dos primeros años de carné, supondrá su retirada sin poder obtener uno nuevo hasta un año después.
4.- Los conductores de ciclomotor que cometan dos infracciones graves o una muy grave en el plazo de dos años verán revocada su licencia. No obstante, podrán obtener un permiso de conducción.
5.- Se aprobará un reglamento de medidas reeducadoras a implantar por las entidades locales a partir de una normativa básica estatal.