La empresa farmacéutica Baxter deberá indemnizar con 90.152 euros a un paciente hemofílico que fue contagiado por el virus del sida tras recibir un tratamiento con hemoderivados entre 1983 y 1986, según consta en una sentencia de 25 de junio emitida por la Audiencia Provincial de Cádiz.
A esta persona se le administraron dos tipos distintos de hemoderivados, fabricados por las compañías Landerlan y Baxter. Como consecuencia de las trasfusiones recibidas, la Audiencia de Cádiz considera probado que fue infectado por el VIH, a raíz de la información científica disponible e informes clínicos posteriores del paciente.
De esta forma, la Audiencia revoca una anterior sentencia que eximió de culpa a Baxter ante la «incertidumbre» existente sobre la relación de causalidad entre los productos suministrados y la infección padecida.
La Audiencia gaditana entiende que la responsabilidad de esta enfermedad puede exigirse a cualquiera de los dos laboratorios. Así, recuerda que la legislación vigente considera que no es causa de exoneración el hecho de que los conocimientos científicos y técnicos del momento no permitiesen apreciar la existencia del defecto (hasta mediados del 85 no se disponía en España de un método para detectar la presencia del VIH en la sangre).
En cualquier caso, el tribunal estima parcialmente el recurso del afectado ya que, aunque el paciente abandonó temporalmente estos tratamientos, «no se ha probado que hayan incidido en empeoramiento de salud».