El Gobierno aprueba el real decreto que regula el servicio de información en aeropuertos sin controladores

La norma recoge el procedimiento y requisitos necesarios para su implantación en los aeródromos
Por EROSKI Consumer 10 de septiembre de 2010

El Gobierno ha dado hoy su visto bueno al real decreto que regula el servicio de información de vuelo de aeródromo AFIS, que permite operar en aeropuertos sin controladores, así como el procedimiento y requisitos necesarios para su implantación, según informó la vicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega.

El texto detalla los criterios que deben cumplir los estudios de seguridad aeroportuaria que se hagan para establecer la necesidad y suficiencia del servicio AFIS, que son la existencia de tráfico reducido y transporte de pasajeros en vuelo por instrumentos, entre otros. El fin último es garantizar la seguridad operacional. Además, establece el marco jurídico para su implantación en los aeródromos civiles de uso público en los que se constate su necesidad y suficiencia. También especifica las condiciones que deben reunir el personal, los proveedores de formación y los proveedores de estos servicios AFIS.

Aviación Civil será quien designe al proveedor certificado para cada aeródromo AFIS, para lo que fijará los requisitos técnicos y operativos para iniciar su actividad, detalló De la Vega. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) supervisará previamente y de forma continua que cumple dichas exigencias, añadió.

El servicio AFIS será «necesario y suficiente» en aeropuertos durante los períodos de tiempo de densidad de tráfico reducida en los que se realicen operaciones de transporte de pasajeros. En el resto de aeródromos de uso público se usará cuando las operaciones se realicen bajo reglas de vuelo por instrumentos y también cuando así lo determine un estudio aeronáutico de seguridad elaborado a tal efecto. La norma contempla la posibilidad de que en determinados aeropuertos se presten los servicios de tránsito aéreo mediante AFIS en unas franjas horarias y mediante servicios de control de aeródromo en otras.

«El proveedor AFIS designado será el responsable de garantizar que la prestación del servicio se realice de una manera segura, eficaz, continuada y sostenible económica y financieramente», detalló el Ministerio de Fomento, que explicó también que dichos proveedores deben comunicar a la AESA cualquier incidencia en el servicio.

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