El Codex Alimentarius rechaza la denominación de «yogur» para leches fermentadas

Permite el etiquetado como "yogur pasteurizado" en los países donde la legislación acepta esta distinción
Por EROSKI Consumer 4 de julio de 2003

La Comisión del Codex Alimentarius ha aprobado la norma sobre leches fermentadas que rechaza la denominación de «yogur» para las tratadas térmicamente cuando los productos lácteos hayan sido pasteurizados para ampliar su caducidad, siempre que los países de venta carezcan de legislación al respecto.

En concreto, en su articulado señala que si la denominación «leche fermentada tratada térmicamente» fuera confusa para el consumidor, el producto se denominaría de la forma permitida en el país de venta. En los países en que no existe legislación al respecto, u otros nombres de uso común, el producto se denominará «leche fermentada tratada térmicamente».

La nueva norma permite el etiquetado como «yogur pasteurizado» en los países donde la legislación acepta esta denominación, como Estados Unidos, Reino Unido, Holanda, Alemania, Canadá, Australia y España. En nuestro país, concretamente, la decisión no afecta a la legislación española, que ya aprobó la denominación de «yogur pasteurizado» en junio de 2002 en la Norma de Calidad para el yogur, refrendada el pasado 14 de febrero por el Real Decreto 179/2003.

La decisión de la Comisión ha levantado las críticas del Grupo Leche Pascual, que considera que supone «una barrera para comercializar internacionalmente el yogur pasteurizado y para el desarrollo de industrias locales de este producto en los países emergentes».

El grupo alimentario considera que esta decisión se basa en la atribución de propiedades saludables por parte de determinadas multinacionales a las bacterias vivas del yogur.

Sin embargo, apunta, «una buena parte de la comunidad científica cuestiona que estas bacterias sobrevivan en el tracto intestinal humano» y señala además que las propiedades nutritivas son comunes al yogur con bacterias vivas y al yogur pasteurizado.

En cualquier caso hay que recordar que las normas del Codex Alimentarius no tienen carácter vinculante, si bien sus recomendaciones son aceptadas internacionalmente y se utilizan como base a la hora de exportar a los países que no cuentan con una legislación específica.

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