Nivel máximo aconsejable de endeudamiento

Los expertos recomiendan no superar un porcentaje de endeudamiento superior al 40% de la renta
Por Blanca López-Caballero 27 de octubre de 2008
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Imagen: Lotus Head

Una situación crítica

Pagar un préstamo hoy resulta mucho más caro que hace meses. Los clientes a quienes la permisividad bancaria permitió adquirir un endeudamiento elevado se colocan ahora en una situación crítica, pues la inflación desencadenada por la crisis económica ha generado un elevado incremento en el tipo de interés, lo que se traduce en un encarecimiento en la deuda asumida por el consumidor. En estas circunstancias, los expertos aconsejan no superar un porcentaje de endeudamiento superior al 40% de la renta, aunque la idoneidad de esta ratio varía en función de dos factores: el volumen de ingresos y el riesgo de subida en el precio del dinero.

El porcentaje de riesgo asumido por un particular supone la frontera entre una economía sana y sin riesgos, que permita conciliar el sueño y planificar el futuro con seguridad, y un modo de vida al límite de lo razonable. ¿Cuál debe ser el máximo “esfuerzo”? Según María Rodríguez, analista de riesgos, debe evitarse que la ratio de endeudamiento supere el 35% de la renta familiar; éste es el porcentaje idóneo para evitar que un banco no cuelgue el cartel de cliente “clasificado” o “endeudado”, según afirma de manera clara y rotunda la experta. Para esta analista, no es posible contemplar otra posibilidad ya que el -hasta hace una semana- continuo ascenso del Euribor durante meses, se ha traducido en un aumento proporcional de la cuota adeudada al banco. Esto significa que si un particular “soportaba un nivel de endeudamiento superior al 40% de su sueldo, el aumento progresivo de su deuda lo coloca hoy en una situación crítica”.

En épocas de bonanza la ratio no se ha respetado y se ha prestado con niveles muy por encima a cambio de otras garantías

Otros expertos dan un margen ligeramente superior al indicado por la analista de riesgos, como Javier Villoria, director de oficina de La Caixa, quien asegura que un nivel “normal” de endeudamiento puede situarse en torno al 40% de los ingresos del particular. Además, añade que no es “un porcentaje inamovible”, ya que la cifra puede oscilar en función de las condiciones económicas: “en épocas buenas puede superarse con creces con otras garantías, y en épocas malas se puede recortar”. De hecho, tal y como añade el financiero, la realidad ha demostrado que en periodos de bonanza esta ratio no se ha respetado y “en toda la banca española se ha prestado con niveles muy por encima de este endeudamiento a cambio de otras garantías, como por ejemplo un aval”.

¿El límite idóneo?

De lo que no cabe duda es de que son dos los factores que hacen variar la idoneidad de la ratio 35%-40% de la renta: el volumen de ingresos de una familia y la subida del precio del dinero.

· Volumen de ingresos

El nivel de deuda medio con el que puede vivir una persona o familia se estima, pues, entre el 35% y el 40%. Pero, como recuerda Gonzalo Hernández, experto en análisis económico, no puede hablarse en términos generales, ya que el porcentaje de endeudamiento idóneo depende de numerosos factores. Por ello, ante la pregunta sobre qué ocurriría si se rebasara el citado límite aconsejable, su respuesta no es otra que “depende de las circunstancias personales de cada individuo, del nivel de ingresos que genere y de la marcha de la economía”.

El volumen de los ingresos es definitivo. ¿Puede vivir una persona con el 60% o 70% de su sueldo embargado? “En ocasiones sí, en otras resulta imposible”, señala Hernández. Por ejemplo un mileurista con el 70% de su sueldo endeudado difícilmente podría sobrevivir con los 300 euros restantes: comer, vestirse, o pagar el abono transporte le resultaría imposible. Por el contrario, una familia con un nivel de ingresos superior a 4.000 euros podría soportar ese mismo nivel de endeudamiento y disponer aún de 1.200 euros para gastarlos a su antojo.

· La subida del precio del dinero

La subida en el precio del dinero es un factor de riesgo importante, pero que no suele ser objeto de consideración por parte del consumidor. Y es, precisamente, lo que ha sucedido, ya que la inflación desencadenada por la crisis mundial ha generado un incremento imparable en el tipo de interés. Esta subida en el precio del dinero ha supuesto, a su vez, un aumento en las cuotas mensuales adeudadas por los particulares a su entidad financiera; es decir, que “pagar las deudas hoy resulta mucho más caro”, subraya Gonzalo Hernández.

Antes de que los efectos de la crisis modificaran las circunstancias económicas en España, las entidades bancarias se permitían asumir ciertos niveles de riesgo porque la buena marcha de la economía así lo permitía y el precio del dinero era bajo, de tal modo que cuando concedían un préstamo, con el tipo de interés muy bajo, el cliente se enfrentaba a los pagos sin grandes problemas. Pero las circunstancias se han modificado: la subida en los tipos y el incremento, por tanto, en los intereses del préstamo obligan al consumidor a asumir una deuda mayor que, en ocasiones, es incapaz de afrontar. Este endeudamiento, “engendrado con la permisividad bancaria”, hoy ahoga al cliente. Para Hernández, esta situación además ha traído un problema añadido: la depreciación del coste de la vivienda, que “suponía la máxima garantía contra la concesión de un préstamo, ya que la multiplicación de su valor en el mercado en un margen de tiempo récord, permitía superar el coste total de la deuda sin mayor dificultad”. Esto tranquilizaba al consumidor que, ante un revés económico considerable, podía optar por poner en venta su casa, abonar las cuotas pendientes con la entidad bancaria y adquirir un inmueble de menor coste. El cliente asumía un riesgo mínimo, aunque adquiría un endeudamiento elevado, al vivir por encima de sus posibilidades.

Rebajar el nivel de endeudamiento

Rebajar el nivel de endeudamientoLas familias españolas, por norma general, llevan años viviendo “por encima de sus posibilidades”, según estima Elvira Montes, responsable de zona de una importante entidad bancaria, quien reconoce una situación de endeudamiento generalizado, a la que se debe intentar poner freno. Canales de televisión privados, ADSL, teléfonos móviles, vacaciones, enciclopedias, últimos modelos de coche… Los años de bonanza económica han ido generando unos hábitos de consumo superiores a la renta real, ya que pedir un préstamo (y poder pagarlo) era hasta hace unos meses una operación sencilla. Variar este modo de vida no es fácil, pero además hay que sumar que los sueldos no han subido de manera proporcional al nivel de vida, e incluso el hecho de que muchos trabajadores han perdido su empleo, por lo que cada vez más consumidores viven endeudados.

Además, no son pocas personas las que han cambiado de vivienda tras adquirir un “préstamo puente” (un crédito con carencia), confiando en vender la casa anterior en un periodo de tiempo inferior a un año. Con la crisis inmobiliaria, ante la imposibilidad de vender su primera vivienda y tras terminar el periodo de carencia, el cliente se encuentra con dos casas y dos hipotecas a las que no puede hacer frente. ¿Cómo controlar y atajar esta situación de endeudamiento generalizado?

Las mayor parte de las familias soporta hoy una deuda cercana al 60% o 70% de su renta

La solución no es fácil. Las familias soportan hoy -según Montes- una deuda cercana al 60%-70% de su renta. Cuando un cliente supera este nivel de endeudamiento, las entidades bancarias suelen intentar que esa ratio no siga incrementándose, que el cliente no rebase ese nivel de deuda. Pero no resulta sencillo poder controlar los gastos de los clientes, “ni el hecho real de que soliciten más créditos por otras vías, como los créditos rápidos/fáciles, o que se usen las tarjetas que permiten compras con pagos aplazados”, afirma Montes, lo que puede “agravar aún más su situación”.

Ante esta realidad, unida al hecho de que los bancos necesiten liquidez para sanear su equilibrio financiero, las entidades han ideado nuevas fórmulas y aplican todas las medidas a su alcance para facilitar al cliente cualquier tipo de financiación, actuaciones con las que pretenden poder cobrar las deudas en activo:

  • Refinanciación: las entidades bancarias intentan reflotar los impagos de sus propios clientes ampliando el importe del préstamo o alargando los plazos. Esta operación tiene por objeto establecer una cuota de pago que el particular pueda asumir sin problemas. A la larga, el cliente pagará mucho más de lo previsto inicialmente.
  • Dación en pago y para pago: antes de adoptar medidas legales, mediante demandas por impago o tramitando embargos, las entidades aplican nuevas fórmulas. Se trata de figuras legales que suponen el pago de una deuda a cambio de la transmisión de un bien, y que omiten así los trámites judiciales que conlleva una demanda. De esta forma, la deuda se extingue en el balance del banco.
  • Dotación de fondos: los controles del Banco de España son más estrictos e intervienen en asuntos de endeudamiento. Cada préstamo que concede una entidad exige una dotación por parte del banco. El Banco de España obliga a que, ante un impago del préstamo o un retraso en el abono de las cuotas, la dotación a la reserva sea mayor. Lo mismo sucede en los préstamos hipotecarios concedidos por encima del 80% del valor de tasación del inmueble.
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