Motocicletas: todos los impuestos

La variación en las emisiones de CO2, el lugar donde se inscriban y la antigüedad del vehículo marcan las diferencias en los montos finales
Por Carlos Astorelli 22 de mayo de 2010
Img motocicleta

Circulación, matriculación e IVA son los impuestos que deben pagar las motocicletas. Pero no todas abonan lo mismo: la variación en las emisiones de CO2, el lugar donde se inscriban y la antigüedad del vehículo marcan diferencias en los montos finales. Además, es posible ahorrar en uno de estos impuestos. Cabe la posibilidad de darse de baja en el de circulación durante el invierno, siempre que no se utilice la moto.

Impuesto de matriculación, en función del CO2

A mediados de 2007 se reestructuró el impuesto de matriculación de los vehículos a motor, en función de las emisiones de CO2 de cada vehículo. Hasta hace poco más de siete meses, los cambios habían dado la espalda a las motocicletas. Pero desde octubre de 2009, la ley ha establecido un nuevo baremo de emisiones. Ello ha implicado un incremento en la actividad del sector de dos ruedas y un ahorro en uno de los tributos que deben abonar estos vehículos.

La nueva escala eleva de 80 a 100 g de CO2 por kilómetro recorrido el límite a partir del cual se paga impuesto de matriculación. De esta manera, las motos de más de 100 caballos de potencia -que pagaban un 14,75%- han pasado a abonar un 5%, en función de la relación peso/potencia. Esta variable ha propiciado que sólo una mínima porción de las motos con más de 100 caballos pague el tipo máximo. Es un número reducido de vehículos estimado en un 5%, de tipo deportivo, que engloba las motos náuticas y los quads.

Las motos con más de 100 caballos han pasado de pagar un 14,75% a un 5%, en función de la relación peso/potencia

La reestructuración del impuesto de matriculación ha sido un cambio importante, reclamado desde hacía tiempo por diversos sectores moteros, que consideraban injusto el modelo anterior. En las actuales condiciones, el tributo queda de la siguiente manera:

  • Ciclomotores: 0%.
  • Motocicletas de menos de 250 cc: 0%.
  • Emisiones de CO2 inferiores a 80 g/Km: 0%.
  • Emisiones de CO2 entre 100 y 120 g/Km: 4,75%.
  • Emisiones de CO2 entre 120 y 140 g/Km: 9,75%.
  • Emisiones de CO2 superiores a 140 g/Km y motos que superen 100 caballos de potencia, con una relación peso-potencia de 0,66kw/kg: tributan el tipo máximo, un 14,75%.

Impuesto de circulación

El impuesto de circulación es otro de los tributos que deben abonar los propietarios de una motocicleta. En España, este impuesto resulta muy variable de un lugar a otro: una motocicleta de 600 cc que en Melilla abona 15,15 euros por este concepto, en San Sebastián paga 66,64 euros, un 340% más. Estas diferencias y los denominados «paraísos impositivos» favorecen que las flotas de renting/sharing inscriban los vehículos en un ayuntamiento que cobra poco, aunque circulen en otro.

El impuesto de circulación es obligatorio y su impago se puede cobrar con hasta un 30% de mora

Este tributo se establece de acuerdo a la cilindrada y la potencia de la moto. En algunas localidades, una moto de hasta 125 cc puede pagar sólo 7 euros por este concepto. Las motos con más de 25 años de antigüedad no pagan.

El impuesto de circulación es obligatorio. Puede ocurrir que no se abone un periodo completo sin que el ayuntamiento realice ninguna reclamación al respecto. Ello no implica su exención. Una vez prescrito el periodo que no se pagó, el municipio puede reclamar el abono con hasta un 30% de mora en algunos casos. Pero además, para transferir, dar de baja o heredar el vehículo, tanto los impuestos de matriculación como los de circulación deben estar al día en sus pagos.

La baja temporal: una variable de ahorro

Las motos son un vehículo estacionario para numerosos usuarios, que sólo las utilizan durante la época de buen tiempo. Quienes estén en esta situación cuentan con la posibilidad de recurrir a la baja temporaria en el impuesto de circulación. Esto implica un ahorro en el monto anual por este concepto, así como en el seguro del vehículo, ya que también se pagará de manera proporcional.

Basta con realizar un trámite en el ayuntamiento y pagar una tasa por la baja, que puede rondar 8 euros, y otra por el alta, al gestionarlo de nuevo en verano. De esta manera, se puede ahorrar casi un 50% anual, aunque se paguen las tasas de baja y alta correspondientes. Si un ayuntamiento cobra 60 euros anuales y sólo se pagan cuatro meses, el total que se abona al año es de 36 euros (20 euros de impuesto y 16 de tasas). A ello habrá que sumar las cuotas del seguro. Es una posibilidad que debe tenerse en cuenta también por parte de vehículos parados durante largos periodos de tiempo debido a arreglos, modificaciones u otras circunstancias.

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