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El funcionamiento de los protocolos establecidos y la instalación de buenas vías de evacuación son claves en caso de catástrofes como los incendios
- Imagen: Roland Tanglao -Los clientes han de saber que los hoteles no sólo deben ofrecer unas buenas condiciones de limpieza, calidad y confort, sino también de seguridad frente a ciertas eventualidades. Cualquier establecimiento hotelero está obligado a disponer del número suficiente de itinerarios de evacuación para que las personas que se encuentren en situación de emergencia puedan salir rápidamente y con seguridad. Además, su personal tiene que estar preparado para actuar en dichos casos, informar y utilizar los medios a su alcance adecuadamente. Es muy importante seguir sus instrucciones y que las salidas de emergencia estén señalizadas, iluminadas y perfectamente despejadas.
"Cuando se produce una emergencia lo primero que quiere todo el mundo es salir, abandonar el lugar del siniestro. Sin embargo esta decisión ha de sopesarse bien, ya que en ocasiones puede ser más aconsejable esperar a los servicios de evacuación". Estas palabras, aplicables a todo tipo de desastres, son de un miembro del Cuerpo de Bomberos de Las Palmas de Gran Canaria. Veamos su razonamiento:
Medidas de prevención fundamentales
Las salidas de emergencia se consideran determinantes dentro de las medidas de prevención frente a catástrofes. Los hoteles y otros establecimientos en los que se produce gran afluencia de público tienen que estar preparados, y así lo marca la ley para ciertas contingencias, como incendios, inundaciones, apagones eléctricos, etc. No obstante, pese a las inspecciones periódicas en los edificios considerados 'de riesgo' no es difícil observar cierta laxitud en el cumplimiento de la normativa, como así lo demuestra la presencia de candados en las salidas de emergencias de algunos locales u obstáculos que las taponan.
La colocación de detectores de humo y calor o de alarmas acústicas también puede estar legislada según la comunidad autónoma
En España desde 1996 está vigente una ley estatal -la norma básica de edificación- que obliga, por ejemplo, a los edificios de uso administrativo a disponer de rociadores de agua en los espacios destinados a documentación y almacenes de material de oficina y en los de imprenta o reprografía. En el caso de los locales comerciales, deben disponer de este tipo de extintores a partir de 1.500 metros cuadrados. Los hoteles tienen desde ese momento la obligación de instalar aspersores en aquellos pisos cuya altura de evacuación exceda los 28 metros, medida estándar de las escaleras de los bomberos.
La colocación de detectores de humo y calor o de alarmas acústicas también puede estar legislada según la comunidad autónoma, e incluso dependiendo del municipio, ya que mediante decretos u ordenanzas algunas administraciones complementan la legislación estatal. Así, en ciudades como Málaga es necesario que el cuerpo de bomberos haya emitido un informe técnico favorable en materia de prevención de incendios para conceder la licencia de obras a los edificios de nueva construcción y para aquellos que vayan a remodelarse o a cambiar de actividad. En Barcelona, desde 2002 todos los edificios construidos de más de 50 metros, independientemente de su uso, cuentan con sistemas de extinción automática.
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