Calderas y termos eléctricos en el baño

La presencia de estos aparatos en interiores debe cumplir con estrictos requisitos de seguridad
Por EROSKI Consumer 10 de octubre de 2007
Img calefactor electrico
Imagen: David Flores

Es habitual que los calentadores de agua (calderas o termos eléctricos) se instalen en el balcón o en un lugar que disponga de una salida de gases directa al exterior. Pero hay variantes para casos en los que, por algún motivo específico, se deban colocar dentro de la casa, en particular, en el cuarto de baño. En estas situaciones, es más común la colocación de un termo eléctrico, pero también se puede optar por una caldera estanca.

Calderas en el baño

Si se desea colocar la caldera en el cuarto de baño, de acuerdo con la normativa vigente, esta debe ser estanca de tiro forzado. Esto quiere decir que, para realizar la combustión, recoge el aire del exterior de la casa y arroja los gases resultantes también al exterior. Lo hace a través de dos caños independientes, que por lo general son circulares y concéntricos.

De esta manera, al no tener contacto su circuito de combustión con el interior del ambiente donde se encuentra, se reducen al máximo los riesgos de intoxicación. Gracias a ese sistema de entrada de aire y salida de gases, las calderas estancas se pueden colocar en cualquier lugar de la casa y estar ocultas, incluso, dentro de un armario.

Las calderas estancas de tiro forzado reducen al máximo los riesgos de intoxicación

Los otros tipos de calderas, denominadas «de tiro natural», toman el aire necesario para la combustión del ambiente donde están instaladas y expulsan los gases a través de un sistema de tipo chimenea (de ahí su nombre). En estos casos, hay riesgo de que los gases retrocedan y contaminen el interior de la estancia donde esté la caldera, un motivo por el cual estas calderas no están permitidas en estancias como el baño.

Termos eléctricos

En general, los cuartos de baño y cualquier espacio con duchas (como el vestuario de un gimnasio) se consideran zonas de alto riesgo, dada la baja resistencia a la electricidad del cuerpo humano cuando está mojado o sumergido en agua. Por este motivo, la instalación de termos eléctricos en el baño implica la adecuación a estrictas medidas de seguridad, establecidas por el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).

Según esta normativa, el termo debe estar fuera de la denominada zona de prohibición, que se localiza por encima de la bañera o plato de ducha, hasta una altura de 2,25 metros. El mismo reglamento también determina que entre cualquier interruptor y el plato de ducha o bañera debe mediar una distancia de, como mínimo, un metro, llamada zona de protección. El REBT aclara que «los falsos techos y las mamparas no se consideran barreras a los efectos de la separación de volúmenes».

Se desaconsejan los electrodomésticos con partes metálicas, e incluso interruptores, en el interior del baño

En la zona de protección sí están permitidas las tomas de corriente de seguridad o protegidas por diferenciales. Se desaconseja la presencia de electrodomésticos con partes metálicas en cualquier parte del interior del baño, así como la de aparatos de radio o radiadores en las cercanías de la zona de prohibición, ya que una pequeña salpicadura de agua podría derivar en un cortocircuito.

Debido a que en el baño a menudo se acumula humedad o vapor de agua, conviene reducir al máximo -en cualquier lugar de la estancia- la presencia de interruptores. Ese es el motivo de que, en muchos casos, estos se instalen en el exterior: junto a la puerta, pero fuera del baño.

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