Consumo confirma la legalidad de las reparaciones con precio cerrado en talleres de automóviles

Estos servicios suelen incluir cambio de aceite, revisión del líquido de frenos o sustitución de neumáticos
Por EROSKI Consumer 22 de mayo de 2003

La Comisión de Cooperación del Ministerio de Sanidad y Consumo dictó ayer una resolución en la que confirma la legalidad de los paquetes de servicios a precio cerrado que ofrecen algunos talleres de automóviles.

La Asociación de Empresarios de Automoción de Burgos (Adeabur) había preguntado si la práctica de cobrar un conjunto de operaciones de reparación y mantenimiento de automóviles a precio cerrado, describiendo su contenido, cobrando un importe global y sin desglosar tiempos, importes y costes de los materiales, se ajustaba a la normativa vigente.

Según Sanidad y Consumo, este tipo de servicios a precio cerrado -que suelen incluir cambio de aceite, revisión del líquido de frenos o sustitución de neumáticos, entre otros- van destinados generalmente al mantenimiento del coche, y su objetivo no parece ser la reparación mecánica, ni eléctrica ni de cualquier otro tipo.

Por ello, estos establecimientos (generalmente cadenas de reparación rápida) no están obligados a ofrecer un presupuesto, aunque sí deben cumplir la normativa sobre publicidad y marcado de los precios recogida en el artículo 6 del Real Decreto de 15 de septiembre de 1972.

Además, Sanidad y Consumo revela que los centros que ofrecen paquetes de precio cerrado suelen informar al cliente para que acudan a un taller especializado cuando detectan una posible avería.

En cualquier caso, si un taller ofrece un lote de servicios a precio cerrado por una parte y repara averías por otra, estará obligado a elaborar un presupuesto para todo servicio no incluido en el paquete a precio cerrado.

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