El borrador de la declaración de la renta puede confirmarse desde hoy

La Agencia Tributaria había recibido hasta el domingo más de 14 millones de peticiones de borradores del IRPF
Por EROSKI Consumer 1 de abril de 2008

Hoy, primer día del mes de abril, comienza el plazo para confirmar el borrador de la declaración de la renta, del que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ya ha enviado 1,2 millones a los contribuyentes que lo han solicitado.

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Imagen: CONSUMER EROSKI

Hasta el 30 de marzo, la AEAT había recibido 14.218.982 peticiones de borradores del IRPF, lo que representa un incremento del 33,7% respecto al mismo periodo del año pasado. El organismo estatal prevé que a mediados de mayo se haya enviado la práctica totalidad de los borradores y datos fiscales solicitados hasta esa fecha.

Más de la mitad de todas las peticiones realizadas se localizaron en sólo cinco comunidades autónomas: Andalucía, Cataluña, Madrid, Valencia y Castilla y León.

El contribuyente, después de revisar el borrador, lo puede completar o rectificar antes de confirmarlo. El plazo de confirmación concluye el 30 de junio (último día de Campaña de Renta), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso el plazo acaba el 23 de junio.

Varias vías para confirmar

Existen varias vías para confirmar el borrador según sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración o confirmar el borrador del IRPF cualquier día, pero que el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña. La domiciliación no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto (el segundo plazo se paga el 5 de noviembre).

El plazo de confirmación de borrador concluye el 30 de junio, salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso acaba el 23 de junio

En el momento de confirmar el borrador, el contribuyente necesitará alguno de estos datos: el NIF, el número de cuenta corriente, el número de referencia del borrador (aparece en la carta que acompaña al mismo) y el número de justificante (es el que aparece en el documento de ingreso o devolución que acompaña al borrador).

La Agencia Tributaria recuerda que para confirmar el borrador por Internet (www.agenciatributaria.es) no es necesario el certificado de firma electrónica, salvo si se va a pagar en ese momento.

Otras vías para confirmar el documento son: servicio automático telefónico (901 12 12 24), SMS (5025), teléfono (901 200 345), cajeros automáticos y oficinas bancarias, o personalmente en las oficinas de la AEAT.

–La confirmación del borrador supone la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

–El borrador se puede confirmar a través de Internet y para todos los tipos de borradores, tanto si el resultado es a devolver como a ingresar.

–Puede hacerse igualmente en el número de teléfono 901 12 12 24, que es de atención telefónica durante las 24 horas del día mediante un servicio automático de respuesta y sólo para los borradores a devolver.

–Existe también la posibilidad de enviar un mensaje de texto o SMS al 5025 y sólo para los borradores a devolver. En este caso, hay que proceder así con el SMS: Renta (espacio) número de justificante del borrador (espacio) NIF. Si el borrador es de declaración conjunta se añade un espacio y el NIF del cónyuge.

–También se puede confirmar con operador telefónico llamando al número 901 200 345 en horario de 9:00 a 21:00 horas, para todo tipo de borradores pero sólo si se domicilia el pago, y por banca electrónica, lo que no implica domiciliación del pago o ingreso.

–Otra vía para confirmar el borrador es en cajeros automáticos de las entidades que presten este servicio, siempre que no haya domiciliación y para borradores a devolver o a ingresar.

–El contribuyente puede optar por ir en persona a las oficinas de las entidades colaboradoras de la Agencia Tributaria (todo tipo de borradores sin domiciliar), o a la propia Administración Tributaria (todo tipo de borradores, con domiciliación).

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