El Supremo establece que los trabajadores que estudien pueden elegir el turno en su empresa que más les convenga

El fallo, que unifica doctrina en este sentido, antepone los estudios a la imposición de horarios
Por EROSKI Consumer 11 de diciembre de 2003

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha establecido que los trabajadores que realicen estudios oficiales pueden elegir en su empresa, siempre que exista la modalidad de trabajo a turnos, el horario que mejor les convenga para poder realizar sus estudios.

Así consta en una sentencia que además unifica doctrina en este sentido y antepone los estudios, ya sean para la consecución de un título académico o profesional, a la imposición de turno por parte de las empresas.

El fallo se refiere a un trabajador que, con el turno de mañana, se matriculó en la Universidad de Barcelona para cursar estudios por las tardes. Con motivo de un acuerdo entre su compañía y el comité de empresa, los turnos se convirtieron en rotatorios y el citado trabajador fue obligado a trabajar por la tarde.

Después de varios recursos ante diversas instancias, el asunto llegó al Supremo que, tras contrastar con sentencias similares, ha establecido finalmente la prioridad de los estudios y unificado doctrina.

«Los trabajadores que cursen estudios para la obtención de un título académico o profesional (…) tienen preferencia a elegir turno de trabajo, con independencia del régimen instaurado por la empresa, ya se trate de turno fijo o rotatorio, siempre que este sistema de trabajo sea el implantado en la empresa», sentencia el Tribunal Supremo.

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