Formar parte de las “listas negras” encargadas de enjuiciar la solvencia patrimonial de los españoles, los llamados ficheros de morosos, es más fácil de lo que parece. Incluso nombres de registros como Asnef o Rai resultan más o menos conocidos. Sin embargo, no todo el mundo sabe cómo se acaba dentro de una lista de morosos y, mucho menos, cómo abandonarla. En este artículo se dan todas las claves.
Acabar en Asnef, más fácil de lo que parece
Un retraso en el pago de las cuotas de la tarjeta de crédito, un par de letras del préstamo coche impagadas o una factura de la compañía telefónica que no ha sido convenientemente satisfecha pueden ser motivos más que suficientes para que el nombre de la persona que los debe acabe figurando en un fichero de morosidad.
El artículo 38 del reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que para que se puedan incluir los datos de carácter personal de alguien determinantes para enjuiciar su solvencia económica deberán concurrir tres requisitos:
- Existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada y respecto de la cual no se haya entablado reclamación judicial, arbitral o administrativa.
- Que no hayan transcurrido seis años desde la fecha en que hubo de procederse al abono de la deuda.
- Requerimiento previo de pago a quien corresponda el cumplimiento de la obligación.
Por lo general, la mayoría de las compañías ceden los datos de sus clientes morosos en el plazo de uno o dos meses, por lo que, en caso de no poder satisfacer una deuda en tiempo y forma, conviene ponerse en contacto con la entidad a la mayor celeridad posible para renegociar los pagos o solicitar una prórroga y evitar que el nombre figure en Asnef o registros similares.
No obstante, si se sospecha de que ya se aparece en una de las temidas «listas negras», conviene averiguarlo e intentar solucionar el problema, para que la vida financiera de la persona no se resienta. El comparador de créditos de Asnef con HelpMyCash.com permite entender los dos pasos que se deben seguir para salir de un fichero de morosos.
1. Descubrir si se aparece en el registro
Cuando un acreedor cede los datos a un fichero de morosos, la ley obliga a que avisen a la persona en el plazo máximo de un mes. Se tendrá que informar, según la Ley Orgánica 5/1992, no solo de la inclusión en el registro, sino también de los datos que hayan sido tratados y del derecho a recabar información.
A pesar de la normativa actual, muchos de los afectados no son conscientes de que su nombre aparece en uno de esos registros hasta que un banco les deniega un préstamo o una financiera rechaza su solicitud de crédito. Así que si en algún momento alguien cree que es posible haber sido incluido en uno de ellos, aunque no lo hayan informado, se tiene derecho a indagar y resolver las dudas que se puedan tener al respecto.
¿Cómo? Hay tres opciones: en primer lugar, acudir a la empresa que se cree que ha sido la que le ha ingresado en el fichero de morosos para preguntarle; en segundo, ir directamente al registro; y, en último lugar, preguntar en la oficina bancaria si se tiene confianza con alguno de sus trabajadores, ya que ellos tienen acceso a este tipo de ficheros.
Si se opta por acudir al fichero de morosos, es posible remitirle un correo electrónico o una carta por correo postal solicitando el acceso a los datos personales, acompañando el escrito con la documentación oportuna. El plazo máximo para permitir el acceso de los titulares a sus datos es de un mes.
Imagen: Ken Teegardin
2. Pagar la deuda o dejar que pase el tiempo
Si las sospechas se confirman, el siguiente paso es abandonar el fichero. La opción más rápida y efectiva es saldar la deuda que se ha arrastrado hasta la «lista negra». Una vez satisfecha, el propio acreedor debería notificar la orden de eliminar los datos. Sin embargo, si esto no ocurre, se puede acudir al registro y solicitar la cancelación adjuntando la documentación que acredite que se ha abonado lo que se debía. El plazo para que a uno le borren del fichero es de 10 días.
La segunda opción sería acogerse al artículo 38 del reglamento de desarrollo de la ley orgánica y dejar que el tiempo pase. Transcurridos seis años, el nombre deberá desaparecer del fichero de morosos aunque la deuda no haya sido saldada. No obstante, se debe saber que durante ese tiempo las puertas del crédito bancario se tienen por completo cerradas.