Gano menos de 1.000 euros, ¿cómo hago la Declaración?

Quien gane de sueldo menos de 1.000 euros no está obligado a hacer la Declaración, pero hay otros conceptos al margen de la nómina que hacen necesario rendir cuentas al fisco
Por Blanca Álvarez Barco 28 de abril de 2016
Img joven renta2015
Imagen: Harald Groven

¿Qué sucede si se cobran 1.000 euros al mes? ¿Hay obligación de presentar la Declaración de la Renta? Pues primero depende de si el contribuyente es asalariado, autónomo o trabaja para una o más empresas. También es posible que el salario sea tan pequeño que no se tenga la obligación de presentar la Declaración de la Renta, pero que convenga hacerlo. Y puede suceder que la nómina no pase de 1.000 euros, pero que se posean intereses de alguna cuenta o la renta de un alquiler y se deba pagar. En este artículo se explica cómo hacer la Declaración de la Renta si se ganan menos de 1.000 euros al mes.

1. Gano menos de 1.000 euros, ¿hago la Declaración?

El dinero que alguien ingresa por su trabajo puede no ser suficiente como para que Hacienda le obligue a presentar la Declaración de la Renta. En el caso de los rendimientos íntegros del trabajo (como son el salario o la pensión), no se está obligado a hacer la Declaración si se ganan menos de 1.000 euros al mes y se reciben de un solo pagador, pues no llegan a los 22.000 euros que se consideran el límite para tener que presentarla.

Si se ha obtenido un sueldo de dos o más pagadores, no hay que declarar a Hacienda si no llegan a sumar 12.000 euros anuales. Esto quiere decir que con menos de 1.000 euros de salario, tampoco se estaría obligado a hacerla, pues la suma de lo que se ha cobrado en todo el año no sobrepasa los 12.000 euros.

Img tax impuestos grande
Imagen: 401(K) 2012

2. Cobro menos de 1.000 euros, pero tengo otros ingresos, ¿hago la Declaración?

Aunque el sueldo no supere los 1.000 euros, no solo la nómina se considera rendimientos de trabajo. Así, hay que tener en cuenta que se deben declarar otros conceptos, como los rendimientos que se hayan recibido sin retención, como una pensión cobrada en el extranjero. También se deben declarar las prestaciones, así como las pensiones pagadas por la Seguridad Social, ya sean de jubilación o incapacidad, además de las prestaciones derivadas del cobro de rentas vitalicias, seguros de ahorro y, en general, cualquier producto que reporte una renta.

Es obligatorio también declarar las pensiones alimenticias que se pagan a los hijos, si no han sido acordadas por el juez en virtud de sentencia (si se han fijado por sentencia firme, están exentas). Y también se rinden cuentas de las pensiones compensatorias que se reciben como consecuencia de una sentencia de separación o divorcio.

Img calcular impuestos grande
Imagen: PortaldelSur ES

3. Gano menos de 1.000 euros, pero tengo rendimientos de capital

Puede ser que el salario sea escaso, pero que se tengan intereses en la cuenta corriente o que se haya ganado un premio de un concurso o un sorteo. En este caso, como rendimientos de capital mobiliario, se tienen que declarar si superan el límite de 1.600 euros (si los rendimientos están sujetos a retención).

Otros ingresos que se pueden tener, al margen de una nómina inferior a 1.000 euros, son rendimientos procedentes de Letras del Tesoro o de subvenciones que no se destinen a actividades económicas. Si sobrepasan el límite de 1.000 euros, es obligatorio hacer la Declaración de la Renta.

4. Gano menos de 1.000 euros, ¡y la Declaración me sale a devolver!

Puede ser que, aun teniendo en cuenta todos nuestros ingresos y rentas, no se esté obligado a hacer la Declaración de la Renta. Pero eso no quiere decir que no convenga hacerla. ¿Por qué? Quizás salga a devolver, en cuyo caso se debe presentar el IRPF.

En primer lugar, hay que comprobar qué conoce Hacienda sobre los ingresos de la persona y cuál es el resultado de la Declaración para la Agencia Tributaria. Los datos que tiene la Administracion pueden ser incompletos, erróneos o no estar bien aplicados, ya que puede haber cambios que Hacienda desconoce de un año para otro (tener un hijo, divorciarse…).

Luego, se debe hacer la Declaración y ver el resultado. Si sale a pagar, no se presentará, pero puede ser que a Hacienda le corresponda devolver, en cuyo caso no se debe dudar en presentar la Declaración del IRPF y recuperar el dinero que ha retenido a lo largo del ejercicio.

¿Y si somos autónomos?

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el límite para hacer la Declaración de la Renta es de tan solo 1.000 euros anuales, por lo que si se gana esa cantidad, hay que rendir cuentas al fisco.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube