Cobro una pensión extranjera, ¿tengo que declararla?

Los jubilados que fueron emigrantes y cobren una pensión de un país extranjero deben declararla en el IRPF en concepto de rendimientos del trabajo
Por Blanca Álvarez Barco 28 de agosto de 2013
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Imagen: sanja gjenero

Francia, Bélgica, Alemania… durante los años 60 y 70 se convirtieron en tierra de promisión para cientos de españoles. Tras pasar años de duro trabajo fuera de España, numerosos emigrantes regresaron a casa y ahora, al llegar la edad de jubilación, cobran la pensión por el empleo allí realizado. ¿Deben declarar estos ingresos a la Hacienda pública española en el IRPF? Como se señala en este artículo hay que saber que es obligatorio declararlas como rendimientos del trabajo, pues lo contrario puede suponer un problema.

Obligatorio tributar por pensiones extranjeras

La ley es clara y señala que los contribuyentes que residen en España deben declarar en el IRPF por su renta mundial, con independiencia de la procedencia de sus ingresos. Según la normativa, quienes hayan trabajado en el extranjero y cumplan los requisitos para tener derecho a una pensión de jubilación en el país donde fueron empleados, deben incluirla en su Declaración de la Renta.

Un jubilado español no está obligado a hacer la Declaración, si sus ingresos no sobrepasan los 22.000 euros. Pero si cobra otra pensión por haber cotizado en el extranjero, el límite para no presentar el IRPF baja a 12.000 euros anuales de ingresos.

Por regla general, no realizar la Declaración de la Renta cuando se tiene obligación supone tener que pagar la cuota correspondiente a la liquidación del impuesto y, además, una sanción. Si se presenta, pero se omiten los ingresos procedentes de la pensión del extranjero (aunque incluirlos no afecte al resultado final), también implica multa.

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Imagen: Rodrigo Huerta

Cómo declarar las pensiones del extranjero

El dinero que se perciba por una pensión extranjera hay que declararlo en el apartado de retribuciones dinerarias, dentro de rendimientos del trabajo. Además, hay que saber si la pensión tiene retenciones en el país que la otorga:

  • Si no tiene retenciones en el país de origen: no hay que hacer nada, porque tributa de forma íntegra en España.

  • Si cuenta con retenciones en el país de origen: se debe marcar en la casilla número 96.

Complemento de mínimos, se puede perder

Si no se declaran las rentas percibidas por una pensión extranjera, además de tener que pagar una multa, se pueden perder los complementos de mínimos.

Este complemento, que se cobra si el importe de la pensión a la que se tiene derecho es inferior a la mínima para igualarlo a esta, se puede ver afectado si se perciben otras rentas. La Seguridad Social puede revisar la situación del jubilado y, al ver que se cobra más de una pensión, reclamarle la devolución de cuanto se haya cobrado de forma indebida y, desde ese momento, rebajarle la cantidad de lo que cobra.

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