Restringidas las operaciones bursátiles «a corto»

La SEC y la CNMV anulan estas operaciones que permitían a los inversores obtener grandes beneficios apostando por la bajada de un valor en concreto a corto plazo
Por José Ignacio Recio 25 de septiembre de 2008
Img stock exchange
Imagen: Petrick2008

El regulador bursátil estadounidense, la Securities and Exchange Commission (SEC) y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) han decidido restringir y delimitar, respectivamente y de forma temporal, todas aquellas operaciones que tengan como objetivo las ventas «a corto» con el fin de calmar a los mercados financieros tras las recientes noticias sobre empresas norteamericanas que estaban en quiebra y para evitar, de esta forma, nuevos desplomes en la renta variable.

La acción de la SEC se ha tomado «para proteger la integridad y calidad del mercado de acciones y para reforzar la confianza del inversor», según reza en su comunicado. La orden afecta a un total de 799 empresas y durará hasta el 2 de octubre, aunque podrá prorrogarse hasta un máximo de 30 días si no se estabiliza el mercado. Esta práctica consiste en vender acciones de empresas antes de la caída de sus precios; esto es, apostar a que el precio de una acción va a bajar, lo que en la práctica supone alimentar aún más la caída del valor. Este cambio dará a los emisores «más flexibilidad para comprar sus propios títulos y ayudará a restablecer la liquidez durante este período de inusual y extraordinaria volatilidad de los mercados», como señalan desde la SEC. De esta forma, se impide operar temporalmente en el mercado a casi 800 compañías de inversión especializadas en ventas al descubierto.

Comunicación de las «posiciones cortas»

Posteriormente, y tras la decisión tomada en Estados Unidos, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha decidido también exigir a la banca comunicar «sus posiciones cortas» que excedan el 0,25% del capital. La medida, acordada en una sesión extraordinaria, entró en vigor a las 00:01 horas del 24 de septiembre, y se prolongará tanto como el organismo supervisor lo considere oportuno dadas las «excepcionales circunstancias» por las que atraviesan los mercados de valores internacionales. La CNMV explica en su comunicado que se consideran ventas en corto descubiertas aquéllas en las que el vendedor no dispone previamente de los valores que vende. Así, una «posición corta» supone el resultado neto de todas las posiciones en distintos instrumentos financieros, incluyendo las propias acciones y cuotas participativas, y todo tipo de derivados sobre ellas «que supongan un efecto positivo para el titular ante descensos en el precio de las acciones».

Con las ventas «a corto» las pérdidas también tienen recompensa para pequeños y medianos inversores

Por otro lado, hay que recordar que la Ley del Mercado de Valores permite a los miembros del mercado asegurarse de que sus clientes cuenten con los valores antes de procesar sus órdenes. Las entidades españolas afectadas por esta medida hecha efectiva por la CNMV son Santander, BBVA, Bankinter, Banesto, Banco Popular, Banco Sabadell, Banco Guipuzcoano y Banco Pastor. Asimismo, están incluidas la Caja de Ahorros del Mediterráneo, las aseguradoras Grupo Catalana Occidente y Mapfre, Inverfiatc, sociedad de inversiones controlada por la mutualidad catalana Fiatc, Bolsas y Mercados Españoles (BME), y la sociedad de valores Renta 4.

¿Qué son las ventas «a corto»?

Las ventas «en corto» (short selling) son aquellas operaciones de venta en descubierto concertadas en el mercado de contado en el recinto con títulos obtenidos en préstamo durante la misma sesión de negociación. Aunque se trata de operaciones muy sofisticadas, son muy comunes en los movimientos diarios de las bolsas, especialmente en Estados Unidos. En España, aunque también se producen este tipo de operaciones, no tienen la relevancia que en mercados como el norteamericano o el británico, por ejemplo, y están reguladas por la CNMV, que es el organismo que se encarga de vigilar este tipo de operaciones.

Ante la expectativa de que un determinado valor vaya a caer, los inversores toman prestadas acciones para venderlas en el mercado a cambio de una pequeña prima. Vencido el contrato, operación que suele durar tres días, las recompras en el mercado son más baratas y se devuelven a quien las ha prestado, obteniendo en la operación un beneficio como fruto de la diferencia entre el precio de venta y el de compra. Es una práctica que se ha popularizado notablemente entre los inversores españoles más experimentados, ya que permite aprovecharse de las caídas que sufre la renta variable y cuya comercialización ha llegado a Internet a través de la oferta que están llevando los bancos y cajas de ahorro en sus tarifas. Con su puesta en marcha, los pequeños y medianos inversores ya no necesitan solamente apostar por valores que suban en Bolsa, sino que las pérdidas también tienen recompensa.

VENTAS A CRÉDITO

En España los inversores tienen la posibilidad de invertir en varios productos cuando la renta variable cae en el corto plazo; en la mayoría de los casos se trata de derivados cuya finalidad es conseguir una alta rentabilidad en cualquier situación del mercado, tanto si es alcista como si es bajista.

De cualquier modo, son productos que se distinguen tanto por la sofisticación de su operativa como por el alto riesgo que conlleva para los intereses del inversor, que si bien puede ganar importantes plusvalías, también puede perder mucho dinero. Uno de los productos más característicos son las denominadas ventas a crédito, que tienen un funcionamiento bien definido: las entidades financieras se encargan de prestar los valores que el cliente quiera para, a continuación, venderlos al precio del día. Entonces, el banco concede al usuario hasta tres meses para devolver los valores al precio que tengan entonces y que, según sus previsiones, será inferior al actual. Así, el inversor obtendrá la diferencia.

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