Los consumidores denuncian ante el Banco de España la normativa sobre fechas de valor en transferencias bancarias

La fecha real de una determinada operación no coincide con la fecha valor que la entidad aplica
Por EROSKI Consumer 5 de marzo de 2009

La normativa de fechas de valor aplicable a las transferencias bancarias «perjudica claramente al usuario», según la denuncia que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha presentado ante el Banco de España y el Ministerio de Economía. Esta norma de 1990 «ha quedado completamente obsoleta» en lo que respecta a los plazos, afirma la organización, que va a solicitar a la entidad bancaria que los acorte.

Y es que a día de hoy la fecha real de una determinada operación no coincide con la fecha de valor que la entidad bancaria aplica, que es precisamente aquélla en la que dicho ingreso comienza a tener efectos en la cuenta de destino, detalló OCU. «Es anacrónico que una operación tan habitual como una transferencia entre cuentas corrientes pueda tener una fecha valoración de hasta cuatro días naturales», denunció la organización. «Con estos plazos, las entidades financieras pueden jugar con el dinero de sus clientes durante unas horas o días, embolsándose así al cabo del año importantes cantidades de dinero», argumentó.

Bajo el amparo de la normativa vigente, esta situación produce un desequilibrio en las relaciones y acarrea importantes inconvenientes para el consumidor, aseguró OCU, que subrayó que además propicia un «enriquecimiento injusto» de las entidades financieras a costa de sus clientes.

Así, si en el año 2008 se transfirieron en España 900.000 millones de euros, el simple retraso de dos días en la fecha de valoración por parte de las entidades podría haber llegado a suponer 195 millones a favor de la entidades en concepto de intereses generados por la colocación de ese dinero en el mercado interbancario durante esos dos días, según cálculos de la organización.

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