La cuenta atrás de la tarifa eléctrica nocturna

La tarifa eléctrica nocturna desaparece y se sustituye por la "tarifa por discriminación horaria", con más horas de uso baratas, pero con un porcentaje de descuento menor
Por Anna Elisa Savelli 10 de enero de 2008

Tarifa nocturna y tarifa por discriminación horaria

Tarifa nocturna y tarifa por discriminación horariaPoner la lavadora o el lavavajillas de noche, si se contrata la tarifa nocturna de electricidad, puede suponer un descuento de hasta el 55%. Pero en pocos meses ya no será posible aprovecharse de esta ventaja, ya que la tarifa 2.0N (conocida como tarifa nocturna) desaparecerá definitivamente el día 1 de julio de 2008. La 2.0N podía aplicarse a cualquier cliente en baja tensión cuya potencia contratada no excediese de 15 kW, siempre que contara con el equipo adecuado.

Esta tarifa se introdujo en España en 1983, con un descuento inicial del 35%, pero llegó a alcanzar el 55% con un pequeño recargo del 3% para el consumo diurno. Entre los años 80 y 90 se llevó a cabo una intensa campaña institucional para promocionar su uso e instalar los acumuladores necesarios para tal fin, una inversión que se vería recompensada con el descuento en la factura. Sin embargo, desde 2007 no se pueden realizar nuevas altas, y en pocos meses será sustituida por la tarifa por discriminación horaria, que supondrá un número mayor de horas a precio más bajo (lo que se conoce como “las horas valle”), pero con un porcentaje de descuento menor.

La tarifa nocturna era, hasta ahora, una modalidad de contrato de suministro eléctrico en el que se primaba con un precio sustancialmente menor el consumo eléctrico realizado por la noche. La potencia contratada era la correspondiente a las horas diurnas, y en las horas nocturnas, cuando funcionan los sistemas de acumulación, los usuarios podían disponer de la máxima potencia sin sobrecoste alguno. Creada en España en 1983, la antigua tarifa nocturna ha sufrido modificaciones por los decretos que regulaban la tarifa eléctrica, como el Real Decreto 1634/2006, 29 de diciembre y el posterior 871/2007, de 29 de junio. En este último, la Disposición transitoria primera (Adaptación de la tarifa 2.0 con discriminación horaria nocturna) establece en su primer apartado que a partir del 1 de julio de 2008 desaparece la tarifa 2.0 con discriminación horaria nocturna. En su lugar se introducen las nuevas tarifas de discriminación horaria, dirigidas a un número mayor de clientes.

Esta tarifa con discriminación horaria se ha planteado como otra vía para incentivar el consumo nocturno. En la nueva propuesta hay más horas de uso de electricidad con descuento (horas valle), pero éste es menor. A ello hay que sumar que la penalización diurna se incrementa.

Un millón de afectados

La eliminación de esta tarifa supondrá un fuerte impacto sobre la factura de la luz -que podría llegar a ser del 40%- debido a los cambios de potencia que se deben realizar. Por ello, ya se han interpuesto denuncias ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para tratar de evitar su desaparición. Así a las protestas formuladas por diversos particulares a nivel individual y las de varias asociaciones de consumidores, se ha unido la denuncia formulada desde la asociación que reúne a las fabricantes e importadores de acumuladores eléctricos para calefacción (Ficae), desde donde se asegura que la medida podría resultar anticonstitucional por generar agravios intolerables. Además, existe la agravante de que los usuarios que contrataron hace años la tarifa nocturna, lo hicieron a petición del Gobierno, para fomentar el consumo responsable durante la noche y evitar horas de posible colapso en la red.

Con la antigua tarifa se trasladaba al horario nocturno parte del consumo diario y se daba salida a los excedentes de energía producida durante la noche

Tanto Ficae como Anecyc (Asociación Nacional de Empresas de Climatización y Confort) habían solicitado que se tomaran medidas para paliar el durísimo impacto económico que sufrirán ante su obligatorio paso a la Tarifa de Discriminación Horaria (TDH). Ficae asegura que los últimos cambios legislativos puestos en marcha en relación con las tarifas eléctricas afectan directamente a más de un millón de usuarios de la antigua tarifa nocturna y a más de 6.500 familias que dependen del negocio de la acumulación eléctrica. Con la antigua tarifa se trasladaba al horario nocturno parte del consumo diario y se daba salida a los excedentes de energía producida durante la noche, lo que animó a muchos usuarios a adquirir acumuladores, consumidores que ahora se verán muy afectados al ver cómo su inversión queda inutilizada.

Las asociaciones Ficae y Anecyc solicitaron, además, la eliminación de la obligación de contratar la máxima potencia (obligación vigente desde hace tan sólo unos días, desde el 1 de enero del año en curso), la reducción del diferencial del precio del kWh en las horas punta de la nueva tarifa de discriminación horaria respecto a la doméstica (del 35% al 10%), y la desaparición de los costes adicionales para las posibles ampliaciones de potencia.

Cómo y en qué nos afecta

En todas las novedades introducidas en la ley subyace un claro mensaje hacia el consumidor: intentar reducir la curva de la demanda eléctrica, desviando el consumo a otros horarios. Así, se penaliza la instalación excesiva de la potencia contratada, y se mantiene la penalización por exceso de consumo. Las principales diferencias entre la antigua tarifa nocturna y la de discriminación horaria estriban en los siguientes conceptos:

  • Número de tarifas: El primer cambio se refiere al número de tarifas de la potencia contratada. Existía una única tarifa 2.0 que englobaba las potencias contratadas mayores de 770 W y menores de 15 kW. Ahora hay distintos tramos de tarifa 2.0, dependiendo de las potencias contratadas:
    1. Tarifa 2.0.1 (de 1 a 2,5 kW)
    2. Tarifa 2.0.2 (de 2,5 a 5 kW)
    3. Tarifa 2.0.3 (de 5 a 10 kW)
    4. Aparte, están las tarifas 1.0 (menos de 1 KW) y 3.0.1 (de 10 kW a 15 kW)
  • Precio proporcional a la potencia: A diferencia de la situación anterior (el precio del kWh consumido era el mismo independientemente de la potencia contratada), en este nuevo escenario el precio es mayor según se aumenta la potencia contratada.
  • Períodos Valle y Punta: A partir de ahora sólo se puede aplicar un complemento por discriminación horaria que divide el día en dos períodos:
    1. Punta: 10 horas al día: de 12.00 a 22.00 en verano y de 11.00 a 21.00 en invierno.
    2. Valle: 14 horas al día, el resto de horas.

Se cuenta con más horas valle (14 frente a las 8 de la tarifa nocturna), pero el descuento es menor (47% frente al 55% de la nocturna), y hay más sobreprecio en horario punta (35% frente al 3% de la tarifa nocturna).

  • Potencia contratada: Se han establecido tarifas progresivas en función de la potencia contratada, que no es ilimitada en el horario valle por lo que deberá contratarse la misma potencia para ambos horarios. Con el modelo antiguo, se contrataba la potencia en función del consumo necesario para las horas punta, y en la tarifa 2.0 no era necesario incluir en el cálculo de potencia para contratar el consumo de, por ejemplo, los acumuladores de calor, así como de todos aquellos electrodomésticos que se pudiesen utilizar sólo por la noche. Además el precio del kW consumido era el mismo independientemente de la potencia contratada. Con el nuevo modelo, quien use a la energía eléctrica como calefacción tal vez necesite aumentar la potencia contratada.
  • Las tarifas serán progresivas según la potencia contratada, lo que puede suponer para los afectados un coste extra que ronde los 160 euros

    Según han denunciado algunas organizaciones de consumidores esta transformación puede suponer, para gran parte de los afectados, un coste extra de alrededor de 160 euros, a los que hay que sumar en segundo lugar unos 190 euros de media por el incremento del término fijo de potencia.

  • El alta: No se establece un plazo para actualizar la potencia pero el límite de la tarifa nocturna obliga a ello. Según Real Decreto 871/2007, de 29 de junio, en el apartado 3 de la Disposición transitoria primera los consumidores acogidos a esta tarifa de acuerdo con el apartado anterior antes del 1 de julio de 2008 deberán comunicar a la empresa distribuidora la nueva tarifa a la que desean acogerse. Una vez transcurrido el plazo, sin que el cliente haya solicitado las nuevas condiciones del contrato, la compañía distribuidora aplicará automáticamente la tarifa 2.0.X o 3.0.1 con discriminación horaria que corresponda si la potencia contratada es inferior a 15 kW, y la tarifa 3.0.2 con discriminación horaria Tipo 1 si su potencia contratada es superior a 15 kW.

Actualizar la potencia según cada caso lleva aparejado el pago por derechos de acceso (por el servicio y la diferencia cuando se aumente la potencia -más de 15 euros por cada kW adicional-) y derechos de enganche o verificación (si es necesario acudir al hogar para realizar modificaciones).

Nuevos contadores

Cómo y en qué nos afectaEn consonancia con la decisión de eliminar la tarifa nocturna, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha anunciado la renovación del parqué de contadores. Los nuevos contadores electrónicos tienen previsto mejorar la gestión del consumo por medio de la contratación de la discriminación horaria, que podrá suponer una reducción de la factura energética de los consumidores entre el 2% y el 8%. El esquema de discriminación horaria tiene por objeto que sean los propios usuarios los que decidan sus consumos en las distintas franjas horarias del día, lo que permitirá aplicar una política más afinada de gestión de la demanda y, posiblemente suavizar los picos y los valles de las gráficas de la demanda eléctrica.

Según apunta Industria, este plan de sustitución no supone ningún coste adicional para los consumidores y se aplican a los nuevos suministros hasta una potencia contratada de 15 kW (consumidores domésticos y pequeñas empresas), que ascienden a un total aproximado de 25.000.000 de puntos de suministro. El cambio de los contadores estará totalmente finalizado en un plazo de 11 años.

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