¿Puede la empresa leer los e-mails y mensajes de WhatsApp del trabajador?

Si el correo electrónico es de la empresa o la cuenta de WhatsApp corresponde a un teléfono corporativo, en algunos casos sí puede mirarlos
Por Blanca Álvarez Barco 18 de febrero de 2023
empresa y correo del trabajador
Imagen: StockSnap

Muchas compañías tienen e-mails corporativos que dan a sus empleados para trabajar internamente de manera coordinada. Pero ¿puede la empresa mirar el correo de sus trabajadores? Si el correo electrónico es de la empresa y los mensajes de WhatsApp corresponden a un teléfono propiedad de la compañía, puede mirarlos, pero no en todos los casos. Como explicamos a continuación, solo es posible para ver una prueba indiciaria: si ha tenido conocimiento de un hecho concreto de forma accidental y, en base a ello, lee el correo del trabajador. Además, siempre tiene que informar al empleado por escrito de que las comunicaciones utilizadas con los medios de la empresa van a ser monitorizadas.

¿Puede mirar la empresa mis correos?

Una compañía puede mirar los e-mails o mensajes de WhatsApp de un empleado, «siempre y cuando el correo sea de la empresa y el wasap corresponda a un teléfono propiedad de la empresa», indica el abogado David Navarro. Pero, aun así, «no puede mirarlo en todos los casos«, aclara.

👉 Si hay prueba indiciaria

¿Cuándo puede hacerlo? La empresa solo puede meterse a ver los correos o los wasaps, en caso de ver lo que se llama «prueba indiciaria», es decir, si ha tenido conocimiento de un hecho concreto de forma accidental y, en base a ese hecho, lee el correo o los mensajes de WhatsApp del trabajador. Eso sí, debe hacerlo filtrando de entre todos los mensajes, los que pudieran derivar de dicha prueba. 

Existe una sentencia favorable a una gran compañía. Observaron indicios de que un trabajador estaba recibiendo dinero de proveedores por permitirles prestar servicios a la empresa (el hecho se produjo al dejarse unos correos en papel en la impresora, y otro empleado lo puso en conocimiento de sus superiores). La investigación de los correos se realizó viendo los proveedores de los que existía dicho indicio de fraude y sus comunicaciones con el trabajador a través de su correo electrónico. En este caso la intromisión de la empresa es ajustada a derecho y, por tanto, el despido es procedente.

👉 Nunca vulnerar el derecho a la intimidad

En ningún caso puede entrar a ver todas las comunicaciones del trabajador en cualquier sentido.

También hay sentencias por casos en que la compañía se mete en el correo del empleado por la búsqueda concreta de un hecho y, en dicha búsqueda, sin respetar un patrón adecuado y sin ponerlo en conocimiento de la representación legal de los trabajadores, se dedica a leer todos los correos.

Si en esta búsqueda descubre, por ejemplo, que el empleado visualiza páginas de contenido sexual durante su horario laboral y lo despide, esta extinción sería del todo improcedente por vulneración del derecho a la intimidad (protegido, entre otras, por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales). ¿Por qué? La empresa se valió de un posible hecho indiciario que luego no fue tal, para la búsqueda de una causa de despido que resultó ser distinta a la que se pensó en un primer momento.

empresa correo trabajador

Imagen: stevepb

👉 Obligatorio informar al trabajador

Es imprescindible que el trabajador conozca que su correo puede ser visualizado. «Siempre se tiene que informar al trabajador por escrito« de que las comunicaciones utilizadas con los medios de la empresa van a ser monitorizadas y de que, por lo tanto, «la empresa tiene acceso a las mismas», explica Navarro.

Asimismo, la compañía siempre tiene que demostrar que su empleado ha utilizado mal el correo electrónico.

Mi jefe ha mirado mi correo, ¿puedo tomar medidas?

Si tus jefes han mirado tus mensajes y estás en desacuerdo con los motivos por los que lo han hecho o, incluso, tras mirar el correo has sido sancionado o despedido, puedes tomar medidas contra ellos, ya que «el derecho a la intimidad y las comunicaciones es un derecho fundamental incluido en nuestra Constitución, en concreto, en el artículo 18″, señala el abogado.

👉 ¿Cómo hay que actuar?

  • Debes repasar toda la documentación que te hayan hecho firmar y que siempre debes tener guardada (confidencialidad, código de conducta, contrato de trabajo…).
  • Asegurarte de que las medidas que toma la empresa contra ti se toman habiendo informado adecuadamente a la representación legal de los trabajadores y en presencia de los mismos.
  • Acudir a un especialista para que este observe la posibilidad de tomar algún tipo de acción legal contemplada dentro del ordenamiento jurídico laboral; en este caso, bien por una sanción al trabajador consistente en una suspensión de empleo y sueldo o un despido.

Cómo evitar problemas con el uso del correo

Evitar problemas con el correo electrónico de la empresa es posible. ¿Cómo? La clave está en regular de forma detallada una política de uso del correo corporativo. Esta política debe indicar de qué modo y cuándo se puede utilizar el correo de la compañía.

Es imprescindible que el trabajador tenga una copia de estas normas específicas, y que quede constancia tanto de habérsela entregado como de que el empleado la ha recibido.

Si no está regulado este uso —o el trabajador lo desconoce— y los jefes tienen que abrir y leer los mensajes de un empleado por cuestiones de empresa, pueden tener problemas por vulnerar los derechos de los trabajadores.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube