La LOU obliga a que al menos la mitad de los profesores universitarios sea Doctor

El 60% del porcentaje de doctores acreditará la evaluación positiva de la Aneca o del órgano autonómico correspondiente
Por EROSKI Consumer 3 de abril de 2007

La reforma parcial de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), aprobada el pasado 29 de marzo por el Congreso de los Diputados, indica que al menos el 50% del profesorado universitario -tanto en universidades públicas como privadas- deberá tener el título de Doctor. Asimismo, el 60% del porcentaje de doctores acreditará la evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca) o del órgano autonómico correspondiente.

El cumplimiento de estas condiciones es más difícil en las instituciones privadas que en las públicas, ya que en estas sólo el 49% del personal docente e investigador a tiempo completo podrá ser contratado. La reforma ha añadido un artículo en el que se dice que el personal docente e investigador con contrato laboral temporal será inferior al 40%. Y además, varias de las figuras contractuales están destinadas a doctores.

Las universidades privadas y sus centros adscritos disponen de seis años a partir de la publicación de la ley para ajustar sus plantillas a estos requisitos. Los docentes de centros privados adscritos a universidades públicas y los de universidades presenciales, financiadas principalmente por administraciones públicas, tendrán un plazo de cuatro años para adecuarse a la norma.

La LOU establece también que los profesores funcionarios en activo en una universidad pública no podrán trabajar al mismo tiempo en una privada o centro adscrito privado. Las normas aún vigentes sólo permiten esa compatibilidad en el caso de funcionarios sin dedicación exclusiva y para centros privados adscritos a universidades públicas, posibilidad que también desaparece.

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