Averías durante la garantía

Los continuos fallos pueden provocar una compensación al comprador
Por EROSKI Consumer 7 de febrero de 2002

La garantía en los coches nuevos es una de las bazas que juegan en su favor muchas de las marcas para hacer que los compradores se inclinen por uno u otro modelo. Aunque se trata de una prestación obligatoria por ley los inconvenientes empiezan cuando por mala suerte le toca un vehículo que no deja de dar problemas.

En el contrato firmado entre el comprador y el concesionario no se especifica lo que podría pasar en estos casos. Lo normal es que el propietario tuviera derecho a que le devolvieran el dinero, a un descuento o a que le cambiaran el coche por otro de similares características.

Las marcas no contemplan esta posibilidad. Sin embargo, la Ley de Consumidores afirma que la garantía debe cubrir, además de los fallos mecánicos, los daños y perjuicios que la avería ocasiona al dueño. Esta postura se está viendo corroborado últimamente con algunas sentencias judiciales que dan la razón a los compradores en detrimento de las grandes empresas automovilísticas.

Otro aspecto a tener en cuenta de las garantías es su valor fuera del país de origen. Hacer uso de ella en el exterior de España no debe presentar problemas, siempre que la nación a la que vaya tenga una red de servicios oficiales de la marca.

En este caso hay que presentar la documentación y en muchas situaciones tendrá que adelantar el pago de la reparación. Por ello es importante conservar la factura para presentarla después en el concesionario de la marca en suelo español y que le devuelvan el dinero

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