Carné por puntos: las sanciones

Durante 2006 entrará en vigor definitivamente este nuevo modelo de permiso de conducir
Por EROSKI Consumer 2 de enero de 2006

A lo largo de este año 2006 se implantará definitivamente el nuevo modelo de permiso para conducir. Estas son las infracciones que recortarán entre dos y seis puntos el crédito de doce con el que contarán todos los conductores.

El carné por puntos ha dado buenos resultados en otros países europeos al reducir la siniestralidad sustancialmente, por ejemplo en Francia donde descendió el número de fallecidos un 25%.

No se trata de un sistema sancionador, sino educativo y formativo. El carné expresa la confianza que la sociedad pone en cada conductor. Ese crédito social, expresado mediante doce puntos, se reduce con cada infracción y se restablece tras la superación de cursos de formación o después de un periodo de tres años sin sanciones. Los conductores con menos de tres años de experiencia contarán con ocho puntos.

Esta es la lista de infracciónes y la penalización que tendrán:

6 puntos menos

– Conducir ebrio (más de 0,75 mg/l), o bajo los efectos de drogas y estimulantes.

– No someterse a la prueba de alcoholemia o drogas.

– Circular en sentido contrario.

– Conducción temeraria.

– Rebasar los límites de velocidad (autopista 181 km/h, carretera 136 km/h y ciudad 81 km/h).

4 puntos menos

– Conducir ebrio (entre 0,25 y 0,74 mg/l).

– Arrojar objetos peligrosos a la vía.

– Conducir de manera negligente.

– No respetar el stop, ceda el paso, paso de peatones, semáforos o señales del agente.

– Adelantamientos peligrosos.

– Poner en peligro a los ciclistas.

– Rebasar los límites de velocidad (autopista 161 km/h y carretera 130 km/h).

3 puntos menos

– No respetar la distancia de seguridad.

– Realizar paradas y estacionamientos peligrosos.

– Circular sin alumbrado sin visibilidad o provocar deslumbramientos.

– Conducir hablando por el móvil.

– Rebasar los límites de velocidad (autopista 151 km/h y carretera 121 km/h).

2 puntos menos

– Conducir sin cinturón de seguridad.

– Circular con un menor sin sillita.

– Conducir sin casco o con casco no homologado.

– Realizar cambios de dirección prohibidos.

– Circular sin alumbrado con poca visibilidad.

– Rebasar los límites de velocidad (autopista 141 km/h y carretera 111 km/h).

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