Conformidad y reparación en la compra de un vehículo usado

El modelo de contrato de compra-venta libre de cláusulas abusivas elaborado por GANVAM establece con claridad los derechos y obligaciones de comprador y vendedor, fomentando la confianza en el sector de vehiculos de segunda mano
Por EROSKI Consumer 5 de julio de 2005

El vehículo es conforme al contrato cuando la descripción, características y estado que figuran en sus páginas se ajusta a la realidad. En caso de falta de conformidad por parte del cliente dentro del periodo de garantía, éste tiene derecho a la reparación.

El plazo de garantía estipulado se suspende durante los días que el cliente no puede disfrutar del vehículo desde el momento de la entrega para la reparación hasta su devolución. Esta reparación tendrá su propia garantía de seis meses, independientemente de que haya caducado la garantía del propio vehículo.

El titular del vehículo tiene la obligación de comunicar el defecto en un plazo máximo de dos meses desde que lo ha detectado. El contrato de Ganvam entiende que las faltas de conformidad expresadas en los seis primeros meses de la garantía ya existían en el momento de la adquisición del vehículo, salvo que haya existido manipulación o negligencia evidente del propietario.

La reparación no tendrá coste alguno para el cliente: ni transporte, ni mano de obra ni materiales. El vendedor puede utilizar piezas de repuesto usadas, reconstruidas o reacondicionadas con dos condiciones: que no pertenezcan a los sistemas de frenado, direcció y suspensión y que se encuentren en un estado de conservación conforme al contrato.

Deberá informarse al propietario, ya que si este prefiere utilizar piezas nuevas puede pedirlo pagando el sobreprecio que conlleve.

El plazo de la reparación es de veinte días hábiles desde la entrega del vehículo al taller hasta la devolución. Se excluye de este plazo las posibles demoras que surjan en la llegada de las piezas de recambio.

Si la reparación no es técnicamente posible, no se efectúa en el plazo mencionado o creará mayores inconvenientes al comprador, este puede elegir entre una rebaja en el precio o resolver el contrato. Esta última posibilidad debe de justificarse en la gravedad del problema.

No se consideran faltas de conformidad las producidas por el desgaste normal del vehículo, por un uso inadecuado del mismo, por la falta de mantenimiento o las causadas por robo o accidente.

Hay que recordar que estas condiciones no son aplicables necesariamente a toda venta de automóviles usados. Pertenecen a un modelo de contrato que ha elaborado GANVAM, la Asociación Nacional de Vendedores de Vehículos a Motor, Reparación y Recambios, para resolver dudas y evitar problemas de interpretación sobre la ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo.

Sus asociados, cerca de diez mil en España, ya lo están utilizando. Ganvam ha hecho un llamamiento para generalizar su uso, lo que fomentaría la confianza de los consumidores en este sector.

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