Validez internacional del carné de motos

En todos los países de la Unión se puede circular con el permiso de conducir español
Por EROSKI Consumer 19 de febrero de 2007
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Imagen: Mirko Caserta

Si se va a viajar con la moto a países fuera de la Unión Europea conviene informarse con antelación en la embajada o el consulado sobre la validez del permiso de conducir español en su territorio. En caso de requerirse un carné internacional, éste puede obtenerse en la Jefatura de Tráfico de la provincia. El modelo y prescripciones del carné se adaptan a lo dispuesto en el Convenio Internacional de Ginebra de 19 de septiembre de 1949 y se compone de una cartulina de color gris, en forma de tríptico y 16 páginas. El carné internacional es válido para circular por los 150 países que han firmado este tratado.

En el documento consta la traducción al idioma oficial del país y a otros ocho más de uso común en todo el mundo de los datos personales del titular y de los distintos tipos de vehículo a cuya conducción autoriza su permiso. La validez es de un año y no autoriza a conducir en el país de emisión, en este caso España. La obtención del carné internacional requiere que el permiso o licencia de conducir del titular estén en vigor.

La documentación necesaria para obtenerlo es:

  • Solicitud en impreso oficial.
  • Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor.
  • Original y fotocopia del permiso de conducción en vigor.
  • Dos fotografías actualizadas de 35x25mm.

La tasa que hay que abonar, según tarifas válidas para el año 2007, es de nueve euros. Las infracciones cometidas en otro país no restan puntos al permiso, aunque sí obligan a pagar la multa que corresponda.

Si se está interesado en residir en el país extranjero durante más de un año, será obligatorio convalidar el carné español según las normas vigentes en dicho país. En la mayoría de los casos se exige superar los exámenes teórico y práctico al igual que cualquier ciudadano nativo.

Licencia, carnet A1 y carnet A

Cada tipo de moto requiere un carné determinado. Para obtener cualquiera de ellos es imprescindible superar las pruebas de aptitud psicofísicas y una prueba que demuestre contar con los conocimientos y habilidades exigidos a cada uno de ellos.

  • Ciclomotores: se pueden conducir con la licencia. Hay que superar una prueba teórica. Se puede obtener desde los 14 años aunque hasta cumplir los 16 no se puede llevar pasajero en el ciclomotor.
  • Motocicletas ligeras: se conducen con el carné A1. Son las tienen cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos, potencia máxima de 11 kilovatios y relación peso – potencia no superior a 0,11 kilovatios/kilogramo. Es necesario superar las pruebas teóricas y prácticas específicas y tener 16 años cumplidos.
  • Motocicletas con o sin sidecar, triciclos y cuadriciclos a motor: a partir de los 18 años, superando las pruebas teóricas y prácticas específicas. Es necesaria una experiencia de dos años para conducir motos con una potencia superior a 25 kilovatios o una relación peso potencia superior 0,16 kilovatios/kilogramo. Esta experiencia debe ser en vehículos de especificaciones superiores a los del carné A1 e inferiores a las citadas.
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