Aprobada la ley que prohíbe fumar en el trabajo y en bares y restaurantes a partir del 1 de enero

Sanidad espera reducir el consumo de tabaco un 5% y el número de fumadores un 3% en los dos próximos años
Por EROSKI Consumer 16 de diciembre de 2005

Los fumadores sólo podrán practicar su hábito en casa o en la calle dentro de dos semanas. Bajo techo ya no estará permitido salvo en algunos reductos de bares, restaurantes y espacios habilitados al efecto. Así lo dice la nueva ley antitabaco aprobada ayer por el Congreso y que a partir del 1 de enero prohibirá encender un pitillo en todos los centros de trabajo. No habrá salas para fumadores ni financiación pública de los métodos de deshabituación. Con esta normativa, el Ministerio de Sanidad espera reducir un 3% la cifra de fumadores y un 5% el consumo general de tabaco en los dos próximos años.

La ley aprobada es «beneficiosa para todos», defendió la ministra de Sanidad, Elena Salgado. Para el 31% de la población que fuma y para la gran mayoría restante que no lo hace. Unos y otros verán «cómo mejora su calidad de vida», bien porque se verán libres de humos en la mayoría de los ambientes, bien porque quienes fuman tendrán que reducir la dosis mientras trabajan.

No habrá financiación pública para los métodos de deshabituación

Con la nueva normativa los bares y restaurantes dejarán de ser un paraíso para los diez millones de fumadores que se estima hay en España. En los de menos de 100 metros cuadrados destinados a clientes (el 80%), su propietario tendrá que decidir el día 1 si permite el tabaco o no. En cualquiera de los dos casos tendrá que anunciarlo bien visible en la puerta, pero podrá cambiar de opinión cuando quiera. A estos bares, aunque se fume en ellos, podrán entrar los menores de 18 años, con o sin padres.

En los establecimientos de hostelería de más de 100 metros cuadrados (unos 64.000 en España) se podrá fumar hasta finales de agosto. A partir de entonces aquellos que quieran permitir que sus clientes fumen tendrán que hacer salas separadas físicamente del resto de las dependencias y con sistemas de ventilación independiente. Es decir, no valen mamparas, cortinas o extractores puntuales, sino que tienen que estar cerradas totalmente. La superficie máxima de estas salas deberá ser de un 30% del espacio útil del establecimiento, pero nunca podrán tener más de 300 metros cuadrados.

Multas

El hecho de que un ciudadano fume donde no debe podrá ser multado con 30 euros. Pero si lo hace tres veces, con reiteración, la sanción podrá oscilar entre 601 y 10.000 euros. Y quien lo permita (un empresario con un trabajador, el propietario de un bar con un cliente…) podrá ser sancionado también con entre 601 y 10.000 euros.

Otras multas hacen referencia a la venta de tabaco. Ésta sólo se podrá realizar en los estancos y a través de máquinas expendedoras que tienen que incorporar en el plazo de un año mecanismos que hagan imposible que un menor adquiera una cajetilla. Se acaba así, desde el 1 de enero, la venta en quioscos, comercios o gasolineras. Quien incumpla estos preceptos o venda tabaco a un menor se expone a multas de entre 601 y 10.000 euros, según su capacidad económica.

También quedará prohibido cualquier patrocinio o publicidad del tabaco o de sus productos en cualquier medio de comunicación o soporte. Infringir esta medida se sancionará con las mismas cantidades (entre 10.001 y 600.000 euros).

Repercusiones en la hostelería

El sector de la hostelería y la restauración teme que el desarrollo normativo de la Ley Antitabaco por parte de las comunidades autónomas endurezca las condiciones de dicha norma y agrave unas pérdidas estimadas hasta ahora por su aplicación de 1.600 millones de euros anuales.

La Federación Española de Hostelería y Restauración (FEHR) sostiene que la ley aprobada hoy por el Congreso de los Diputados supondrá una caída de las ventas del sector del 8% que se traducirá en la pérdida de más de 20.000 puestos de trabajo.

«La ley obliga y no caben recursos y ahora nos enfrentamos con las comunidades que tienen que desarrollarla, por lo que se corre el peligro de que la ley se endurezca más y se vuelva más costosa», aseguró el adjunto a la dirección de la FEHR, José Luis Guerra.

En este sentido, advirtió de que la reducción del espacio para fumadores contemplada por la ley acarreará una disminución del consumo con la menor afluencia de consumidores que vinculan el hábito de fumar con el consumo en hostelería y restauración.

Definición de zonas

«Diga lo que diga la ministra, no vamos a ganar más dinero», dijo, en alusión a las declaraciones de la titular de Sanidad y Consumo, Elena Salgado. Argumentó además que las nuevas exigencias en los establecimientos obligarán a los empresarios a realizar inversiones de entre 8.000 y 14.000 euros por establecimiento.

En el mismo sentido, la Asociación Nacional de Empresarios por la Calidad del Ocio (ECO) trasmitió su profunda preocupación y desacuerdo con el contenido y la redacción final del texto legal, debido a dificultad de cumplimiento de sus premisas. «La definición de zonas de fumadores como zonas completamente compartimentadas es absolutamente imposible de aplicar», aseveró.

«Hay que recordar que los muros de más de 30 centímetros de espesor exigidos por la ley para crear las zonas de fumadores son imposibles de llevar a cabo tanto por problemas estructurales como por las restricciones urbanísticas de las ciudades que impedirán obtener la licencia y permisos oportunos», sostuvo ECO en un comunicado.

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