La asistencia personal, clave para la independencia tras el daño cerebral adquirido

La figura del asistente personal especializado es clave para que las personas con daño cerebral adquirido puedan llevan una vida independiente y autónoma
Por Dano Cerebral Galicia 19 de mayo de 2023
asistencia personal autonomía daño cerebral
Imagen: iStock
La asistencia personal (AP) se enmarca en el paradigma de vida independiente o autonomía personal. El objetivo de este perfil profesional consiste en ofrecer los apoyos suficientes y necesarios para que una persona con discapacidad pueda desenvolverse en su día a día y apoyarla en su proyecto de vida. Basa su enfoque en la capacitación de la persona y pone en valor facilitar los apoyos necesarios y crear las condiciones favorables para que lleven una vida independiente basada en la autodeterminación, la autonomía, la atención individualizada y la inclusión en la comunidad. Las profesionales especializadas que desarrollan este servicio se conocen como asistentes personales, y su principal diferencia con otras profesiones se fundamenta en este cambio de visión. De este modo, la persona con daño cerebral adquirido (DCA), como persona con plenos derechos, es dueña de su vida y decisiones. Por lo tanto, definirá todo el proceso de la AP: decide a quién contratar, organiza sus horarios y decide cómo quiere recibir el servicio y para qué. 

Cómo acceder al servicio de asistencia personal

El acceso al servicio de asistencia personal puede ser por dos vías: pública o privada.

▶️ Vía pública

Según la ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de 2006, los requisitos para acceder al servicio público de AP a nivel estatal son los siguientes:

  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
  • Haber vivido durante cinco años en España.
  • Se tendrá en cuenta la capacidad económica procedente del patrimonio e ingresos. 

En Galicia, además de estos requisitos, la persona solicitante debe reunir también los siguientes:

  • Que ella misma, o mediante el apoyo de quien le representa legalmente, determine los servicios que requiere, defina el perfil de su asistente, ejerza control e imparta instrucciones.
  • Comprometerse a cumplir con las obligaciones establecidas en materia de seguridad social, en el caso de que el asistente personal sea contratado directamente por la persona beneficiaria de la libranza.
  • Que esté participando en actividades educativas o laborales regulares, que deben cumplir varios criterios.

▶️ Vía privada

Por la vía privada existen diferentes fórmulas de acceso: mediante contrato con una entidad sin ánimo de lucro; mediante contrato directo actuando como empleador; o mediante contrato directo a un asistente personal en régimen de autónomo.

No obstante, en España queda mucho camino por recorrer para desplegar e implantar la prestación de AP de forma homogénea, equitativa y adecuadamente definida. Una de las principales demandas y reivindicaciones del movimiento estatal de la discapacidad, organizado en torno a CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), es una regulación que permita el ejercicio pleno y seguro de este derecho.  

Asistencia personal y daño cerebral adquirido (DCA)

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Imagen: iStock

En el contexto del colectivo de DCA en España, organizado en torno a FEDACE (Federación Española de Daño Cerebral), se lanzó en 2022 el cuaderno ‘Promoción de la Vida Independiente a través de la Asistencia Personal en el Daño Cerebral‘. En él se recogen sus orígenes, el sistema de autonomía y la atención a la dependencia en cada comunidad autónoma, así como las funciones y tareas propias de la AP y la gestión del servicio.

Este manual es la primera aproximación consensuada de la definición de la figura de asistencia personal en DCA en nuestro país. Y, en cuanto a las principales tareas asignadas, determina la importancia de definirlas en base a las diferencias funcionales de la persona con DCA y que previamente siempre sean pactadas por el asistente y la persona que recibirá los apoyos.

Clasificación de las actividades de la vida humana a las que se dirige la asistencia personal

Como observamos en la siguiente tabla, las tareas que puede desarrollar son múltiples, versátiles y pueden abarcar cualquier dimensión de la vida de la persona en función de sus necesidades. Es fundamental que el asistente personal entienda que su función no es suplir la voluntad de la persona con DCA ni dirigir su vida, sino colaborar con ella para llevarla a cabo. Para ello, prestar apoyos flexibles y adaptados a las necesidades de la persona según su proyecto de vida deseado. 

Actividades personalesAseo, alimentación, medicación, tomar notas, atender el teléfono…
Actividades del hogarLimpieza, ropa, uso de electrodomésticos, cuidado de las plantas…
Actividades de acompañamientoEn casa, al trabajo, ocio, viajes…
Actividades de conducción de vehículosAcompañamiento, recogida de la persona…
Actividades de interpretaciónLengua de signos, sistemas de apoyo aumentativos…
Actividades de coordinaciónPlanificación del día, ayuda en la toma de decisiones…
Actividades excepcionalesImprevistos, crisis…
Fuente: Cuaderno FEDACE 21- «Promoción de la Vida Independiente a través de la AP en el DCA«

En Galicia, desde FEGADACE, además de haber formado parte del grupo motor de la elaboración del citado cuaderno, entre 2023 y 2024 se realizará un pilotaje, enmarcado en el ‘Proyecto Rumbo: hacia un modelo de autonomía conectada e inclusiva‘, creando un pequeño servicio de asistencia personal para un reducido grupo de personas con daño cerebral.

Para ello, FEGADACE está diseñando una formación de asistencia personal especializada en personas con DCA a partir de la cual se espera contar con AP formados en DCA, aumentar el conocimiento social acerca de esta figura y poner en marcha proyectos de vida independiente con personas con DCA para que este colectivo se beneficie de las oportunidades que brinda la figura de la asistencia personal para la autodeterminación de todas las personas con discapacidad.  

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Artículo escrito por Alba Gómez Rodríguez (logopeda de FEGADACE), Inés Mosquera Costa (terapeuta ocupacional de FEGADACE), Marta García Alende (terapeuta ocupacional de FEGADACE) y Noelia Rivadas López (logopeda de FEGADACE). 

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