Cantabria elabora, por primera vez en España, una guía de normas del transporte sanitario

Pretende regularizar el traslado de pacientes en el territorio de la comunidad autónoma
Por EROSKI Consumer 16 de abril de 2003

La Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria presentó ayer la primera guía que se crea en España sobre normas de indicación, uso y evaluación de la prestación del transporte sanitario en el ámbito del sistema sanitario público.

Este manual, elaborado por el Servicio Cántabro de Salud (SCS), pretende regularizar el traslado de pacientes en el territorio de la comunidad autónoma, unificando y adecuando los requisitos, indicaciones, organización y control del transporte sanitario urgente y programado, según informó el consejero de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, Jaime del Barrio, durante la presentación de la guía junto al director gerente del Servicio Cántabro de Salud, José Alburquerque.

Ambos responsables coincidieron en destacar que la elaboración de estas normas responde al interés de la comunidad por mejorar de forma continua las prestaciones sanitarias públicas, una de las cuales es el transporte sanitario urgente, programado y no programado, un servicio que se dispensa de forma gratuita.

Objetivos

En términos generales, los objetivos de la guía pasan por desarrollar procedimientos de actuación referentes a la organización y coordinación del transporte sanitario, establecer criterios uniformes relacionados con la prioridad y el tipo de recursos a utilizar, determinar los procedimientos de actuación y asegurar la calidad mediante la creación de un grupo de trabajo que valore el cumplimiento de estas normas.

«El transporte sanitario se concibe integrado en el sistema sanitario de forma coordinada, mediante la optimización de los recursos; equitativa, sin desigualdades en la prestación; y protocolizada, a través de normas y procedimientos de actuación a seguir en determinadas actuaciones», explicó Del Barrio.

Este transporte es aquel que se realiza para el desplazamiento de personas enfermas, accidentadas o por otra razón sanitaria en vehículos acondicionados, obedeciendo su indicación a causas médicas que hagan imposible el traslado en medios ordinarios de transporte.

Este servicio, que será indicado por el facultativo responsable de la asistencia, se llevará a cabo «por el medio más idóneo, en el menor tiempo posible, por la ruta más adecuada y en las mejores condiciones técnico-sanitarias y de confort para los pacientes».

Indicaciones y tipos

Las principales indicaciones para proceder al transporte sanitario se refieren a situaciones de urgencia, aquellos casos que requieren atención sanitaria en el menor tiempo posible debido a procesos que pueden conllevar la muerte del paciente o la aparición de secuelas irreversibles; imposibilidad física o incapacidad del paciente para utilizar medios de transporte ordinarios; y determinadas causas médicas como situaciones de aislamiento del paciente ante diversas patologías, razones higiénico-sanitarias, enfermedades en fases terminales y pacientes que puedan poner en riesgo su vida o la de miembros de su entorno.

También se distinguen varios tipos de transporte sanitario en función de diversos criterios. Según el equipamiento, existe transporte sanitario asistencial y no asistencial; según el objeto o finalidad: primario y secundario, tanto interhospitalario como intrahospitalario; según la modalidad: urgente, programado, no urgente y no programable; según el medio: terrestre, aéreo y acuático; según la capacidad: individual y colectivo; y según las características especiales: por el tipo de paciente y por la orografía y climatología.

Acompañantes

Por último, la guía hace especial referencia a la presencia de acompañantes en los vehículos. Se permitirán acompañantes siempre que haya disponibilidad de plazas y se trate de menores de 14 años e incapacitados legalmente y pacientes que presenten o puedan presentar cualquier tipo de incapacidad o discapacidad después de recibir el tratamiento.

Por el contrario, cuando el paciente requiera asistencia médica durante el traslado, y considerando el reducido espacio de los vehículos, no se autorizará la presencia de familiares. Únicamente si se trata de niños de corta edad o enfermos con problemas de comunicación, se podrá superar esta imposibilidad, siempre tras la valoración del médico que realiza el transporte.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube