El tiempo máximo de espera para algunas intervenciones quirúrgicas será de 180 días

Este límite solo se aplicará en cirugía valvular, cirugía cardíaca coronaria, cataratas e implantación de prótesis de cadera y rodilla
Por EROSKI Consumer 31 de agosto de 2011

El 30 de agosto entró en vigor el Real Decreto 1039/2011, por el que se establecen los nuevos tiempos de espera máximos para las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. Tal y como ha publicado el Boletín Oficial del Estado (BOE), este periodo será de 180 días naturales a partir de la inclusión del paciente en el registro de la correspondiente lista de espera. Sin embargo, este límite solo será de obligado cumplimiento en algunas especialidades como en cirugía valvular, cirugía cardíaca coronaria, cataratas, prótesis de cadera y prótesis de rodilla.

La nueva norma precisa que la garantía de tiempo máximo de acceso es el compromiso adquirido por el Servicio de Salud de cada comunidad autónoma para atender al paciente dentro de un determinado periodo de tiempo con las condiciones de calidad adecuadas. Como ya matizó el Ministerio de Sanidad tras la aprobación de la norma, este periodo máximo de espera solo se aplicará a las intervenciones que originaron la inclusión del paciente en una lista de espera, y no a otras patologías sobrevenidas.

Un criterio que ha delimitado las intervenciones incluidas en la nueva regulación ha sido el de la gravedad de las patologías motivo de la atención, entendidas como aquellas cuya evolución origina riesgo de muerte, discapacidad o provoca una disminución considerable de la calidad de vida. Otro criterio ha sido la eficacia de la intervención y su oportunidad, es decir, que la realización temprana de una operación evite el progreso de la enfermedad o la producción de secuelas importantes.

El Real Decreto también enumera las intervenciones que quedan excluidas de su ámbito de aplicación. Entre ellas se encuentran los trasplantes de órganos y tejidos, que estarán sujetas a la disponibilidad de donantes y las técnicas de reproducción asistida. Tampoco se incluyen las situaciones de catástrofe, la atención sanitaria de urgencia y a quemados ni los reimplantes de miembros.

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