El TSJC ratifica la invalidez permanente por enfermedad profesional de un trabajador y su derecho a recibir una pensión

Al demandante se le diagnosticó una fibrosis pulmonar tras trabajar durante 22 años expuesto a sustancias químicas
Por EROSKI Consumer 21 de marzo de 2006

Un trabajador ha obtenido del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la ratificación de su derecho a recibir una pensión por invalidez permanente por entenderse que la inhalación de productos químicos en la empresa de productos ortopédicos donde trabajó durante 22 años le ha provocado la fibrosis pulmonar que padece en la actualidad.

Al afectado, Julio P.N., de 41 años, se le diagnosticó en 2003 una fibrosis pulmonar con severo deterioro de la función respiratoria que conllevó un transplante de pulmón en junio de ese año y que desembocó en una grave alteración respiratoria. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) declaró al demandante en situación de incapacidad permanente absoluta en febrero del mismo año por enfermedad común, resolución contra la que Julio P.N. interpuso una reclamación previa al entender que su afección se deriva de una enfermedad profesional. No obstante, el INSS desestimó dicha solicitud.

Según esta nueva sentencia, un informe de la Conselleria de Trabajo concluye que «las actuales condiciones de trabajo no permiten garantizar la seguridad y salud de los operarios en los talleres de la empresa, en particular en lo que respecta al riesgo de inhalación y contacto con los vapores de los disolventes utilizados». Al parecer, la empresa no realizaba revisiones médicas a la plantilla para controlar la posible afectación de los trabajadores por el uso de sustancias químicas y éstos tampoco recibían formación sobre las características de los productos.

Un segundo informe de un doctor del Centro de Seguridad y Condiciones de Salud en el trabajo de la Conselleria de Trabajo asegura que «lo que sí es seguro es que, como mínimo, el hecho de haber sido expuesto a sustancias nocivas para el aparato respiratorio ha agravado la patología respiratoria del paciente y puede haber influido en la grave y mala evolución de ésta».

El Juzgado de lo Social número 25 de Barcelona ya dictó sentencia sobre el caso el 22 de diciembre de 2003 y declaró la situación de invalidez permanente por enfermedad profesional del demandante y su derecho a recibir una pensión de 22.528,55 euros al año. Sin embargo, la empresa demandada y el INSS interpusieron un recurso de suplicación contra dicha resolución al entender que la enfermedad del trabajador no se debe a la inhalación de productos químicos, ya que la fibrosis pulmonar «puede tener otras muchas causas». El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ratifica ahora la anterior sentencia.

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