El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han aprobado un Real Decreto por el que se establecen nuevas condiciones sobre sustancias y productos indeseables en la alimentación animal.
La nueva normativa responde, según los responsables comunitarios, a la necesidad de regular los piensos para garantizar la productividad y la sostenibilidad dela agricultura. Además, las nuevas condiciones deben poder garantizar la salud pública, la salud y el bienestar de los animales y la calidad del medio ambiente ya que determinados productos pueden contener sustancias indeseables capaces de perjudicar a la salud animal o a la salud humana.
Uno de los productos que deberán someterse a controles estrictos es el agua que consumen los animales. En este sentido, y aunque la definición de pienso no excluya considerar el agua como tal, el nuevo Real Decreto obliga a establecer las mismas normas de calidad y seguridad que se aplican a los productos destinados a la alimentación animal.
Las nuevas medidas, que se aplicarán a partir del 1 de agosto de 2003, obligan a los Estados miembros a llevar a cabo investigaciones encaminadas a determinar las fuentes de las sustancias indeseables cuando se sobrepasen los límites máximos establecidos.
La lista de estas sustancias, presentes en el producto destinado a la alimentación animal y que constituyen un peligro potencial para la salud humana, la salud animal o para el medio ambiente, incluye el arsénico, plomo, flúor, mercurio, nitritos, cadmio, aflatoxina B1, ácido cianhídrico, teobromina, esencia volátil de mostaza, y un largo etcétera.
*Lista completa de sustancias indeseables para alimentación animal:
http://europa.eu.int/eur-lex/es/dat/2002/l_140/l_14020020530es00100021.pdf