La sal de aspartamo-acesulfamo no supone un riesgo para la salud

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria ha reevaluado este edulcorante, presente en alimentos y bebidas, y confirma que es seguro dentro de los usos y cantidades ya establecidos por la normativa
Por EROSKI Consumer 24 de septiembre de 2026
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La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha confirmado que la sal de aspartamo-acesulfamo, identificada en las etiquetas como E 962, es segura con los niveles de consumo actuales. El dictamen llega en un momento en el que este edulcorante genera dudas entre los consumidores, sobre todo porque uno de sus componentes, el aspartamo, fue clasificado en 2023 como «posiblemente carcinógeno» por la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC). Pero ambas evaluaciones no se contradicen. Lo explicamos a continuación.

Qué es la sal de aspartamo-acesulfamo

La sal de aspartamo-acesulfamo, identificada en el etiquetado como E 962, es un edulcorante intenso autorizado en la Unión Europea. Se emplea, sobre todo, en alimentos y bebidas «light«, «cero/zero» o «sin azúcares añadidos», donde sustituye parcial o totalmente la sacarosa para reducir el aporte calórico sin modificar demasiado el sabor.

Está permitida en 34 categorías de productos, con límites máximos que van desde 25 hasta 2.000 mg/kg según el producto. Entre ellos están:

  • Bebidas y refrescos bajos en calorías.
  • Cervezas sin alcohol o de bajo contenido alcohólico.
  • Bebidas lácteas, yogures y postres lácteos sin azúcar.
  • Helados, gelatinas y mermeladas.
  • Chicles y golosinas sin azúcar.
  • Productos de panadería, bollería y cereales de desayuno.
  • Algunas salsas y edulcorantes de mesa en polvo o líquido.
  • Alimentos para fines médicos especiales, como barritas sustitutivas de comidas.
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Imagen: Tonys Fagner

Por qué la EFSA ha analizado otra vez la sal de aspartamo-acesulfamo

La nueva evaluación de la sal de aspartamo‑acesulfamo no responde a ninguna alerta sanitaria. Forma parte del programa europeo que revisa periódicamente los aditivos autorizados antes de 2009 para comprobar que siguen respaldados por la evidencia científica actual. En este proceso, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria examina estudios toxicológicos y epidemiológicos, posibles efectos adversos, los usos permitidos y la exposición real de la población, incluidos los niños.

En el caso del E 962, la revisión tiene un matiz añadido: al ingerirse, este edulcorante se descompone en aspartamo (E 951) y acesulfamo K (E 950). Su seguridad depende, por tanto, de la de ambos componentes. Por eso, la EFSA no solo ha evaluado el aditivo en sí, sino también qué ocurre con estas sustancias durante la digestión y qué efectos pueden tener los compuestos que se liberan.

Además, hay que tener en cuenta que los productos que contienen aspartamo deben incluir la indicación «contiene una fuente de fenilalanina». Esta advertencia es especialmente importante para las personas con fenilcetonuria, un trastorno metabólico que impide procesar correctamente este aminoácido.

La EFSA avala la seguridad de la sal aspartamo-acesulfamo

Tras revisar la evidencia disponible, la Comisión Técnica de Aditivos y Aromas Alimentarios de la EFSA no ha identificado problemas de seguridad con los usos y cantidades actualmente autorizados, ni para la sal de aspartamo-acesulfamo ni para sus dos componentes.  

Las estimaciones de exposición de la población se sitúan por debajo de las ingestas diarias admisibles (IDA), los valores que indican cuánto puede consumirse de una sustancia cada día sin que se espere un riesgo apreciable para la salud:

  • ➡️​ Para el aspartamo, la EFSA mantiene una IDA de 40 miligramos por kilogramo de peso corporal al día.
  • ➡️​ Para el acesulfamo K, la evaluación establece una nueva IDA de 15 miligramos por kilogramo de peso corporal al día.

Esto no significa que los consumidores tengan que calcular cuánto edulcorante toman cada día. La IDA es una herramienta para evaluar los riesgos de una exposición habitual y continuada, no una cantidad que haya que alcanzar ni un límite que se pueda superar de forma puntual sin más.

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Imagen: Jeetendra Vyas

¿Cómo afecta que el aspartamo esté clasificado como “posiblemente carcinógeno”?

En 2023, la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) clasificó el aspartamo como «posiblemente carcinógeno«. Esta categoría indica que existen indicios, aunque limitados, de un posible efecto cancerígeno, pero no significa que se haya demostrado que el aspartamo cause cáncer ni que consumir productos que lo contienen suponga por sí mismo un riesgo relevante.

La razón de esta discordancia es que la IARC y la EFSA responden a preguntas diferentes cuando evalúan una sustancia.

  • La Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer evalúa si existe alguna evidencia de que una sustancia pueda causar cáncer, sin tener en cuenta la cantidad que consume la población. Es decir, considera el peligro potencial, no el riesgo real asociado a una dosis concreta. Sus categorías reflejan el grado de certeza de la evidencia, no la magnitud del riesgo en la vida cotidiana.
  • La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, en cambio, analiza el riesgo real: cuánto aspartamo consume la población, qué niveles de exposición se alcanzan y si esas cantidades pueden ser preocupantes. Responde a la pregunta: ¿hay un problema de seguridad con el consumo habitual de ese producto?

En su reevaluación del E 962, la EFSA concluye que los datos disponibles no permiten establecer una relación causal entre la exposición dietética actual al aspartamo y el cáncer. Tampoco ha encontrado una relación causa‑efecto con otros efectos estudiados, como enfermedades cardiovasculares, daño hepático o renal, efectos neurológicos o alteraciones del control de la glucosa.

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