Derecho a la ciudad, ¿yo lo tengo?

Desde 2004, la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad recoge los derechos humanos de todas las personas en el espacio urbano
Por Azucena García 16 de septiembre de 2014
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Imagen: josemanuelerre

Cada vez más personas viven en entornos urbanos. La mitad de la población tiene su hogar en las ciudades y, por ello, se requiere que estén preparadas para atender las necesidades de todos sus habitantes. Con este fin, en 2004 se dio luz verde a la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad. Este documento recoge la necesidad de que las urbes provean de oportunidades a los ciudadanos con criterios de equidad. Sin embargo, en el actual marco de crisis, la implementación del derecho a la ciudad atraviesa un momento delicado. En este artículo se explica en qué consiste la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, los detalles de este derecho y los retos a los que se enfrenta.

Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad

La ciudad como propiedad de las y los ciudadanos. Esta es la principal reivindicación del derecho a la ciudad, un concepto que data de 1968, cuando el francés Henri Lefebvre escribió un libro del mismo nombre para denunciar las consecuencias negativas en las urbes de los principios de la economía capitalista. Años después, en 2004, el Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos (ONU-Habitat) lo recuperó para redactar la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad.

El preámbulo de la Carta recoge la importancia de que todas las personas tengan acceso «a un patrón de vida adecuado»

Este documento se entiende como un modo de situar el derecho a la ciudad en el sistema internacional de los derechos humanos. Y es que este se define como un derecho universal de todas las personas que habitan en las urbes. Según datos de ONU Habitat, en 2050, el 65% de la población vivirá en las ciudades, por lo que uno de los principios destacados que guían este derecho es la justicia social para conseguir que todos los habitantes de las urbes accedan a unas condiciones de vida dignas.

Sobre todo, el derecho a la ciudad se piensa para las personas vulnerables. Ellas son quienes registran peores condiciones de vida. El objetivo de este instrumento es garantizar la igualdad de oportunidades y que todas las personas tengan acceso «a un patrón de vida adecuado», tal como consta en el preámbulo de la Carta. Así se mencionó ya en el I Foro Social Mundial, celebrado en 2001 en Porto Alegre (Brasil). En este encuentro, movimientos populares, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales, foros y redes nacionales e internacionales de la sociedad civil comenzaron a dar forma a una carta mundial del derecho a la ciudad.

En qué consiste el derecho a la ciudad

La Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad es un articulado en el que se enumeran los derechos humanos fundamentales que las urbes deberían reconocer, proteger y realizar, junto con una serie de compromisos municipales para que sea así. En concreto, el Artículo 1 recoge cinco características necesarias para el cumplimiento del derecho a la ciudad.

  • Todas las personas tienen derecho a la ciudad sin discriminaciones de género, edad, raza, etnia u orientación política y religiosa. Junto con esto, se debe preservar la memoria y la identidad cultural.
  • La urbe es un espacio colectivo culturalmente rico y diversificado, puesto que pertenece a todos sus habitantes.
  • Las ciudades y las autoridades nacionales adoptarán las medidas hasta el máximo de los recursos que dispongan, para lograr de manera progresiva la plena efectividad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Incluso aunque para ello hayan de aprobarse medidas legislativas y normativas.
  • Se considera urbe a «toda villa, aldea, capital, localidad, suburbio, ayuntamiento o pueblo que esté organizado institucionalmente como unidad local de gobierno de carácter Municipal o Metropolitano, tanto sea urbano, semirural o rural».
  • Se estima como ciudadanos y ciudadanas a «todas las personas que habiten en forma permanente o transitoria en las ciudades».

A partir de estas premisas, los principios por los que se rige el derecho a la ciudad defienden una gestión democrática de las urbes, a las que se adjudica una función social de la que todos los habitantes se benefician. Todos los ciudadanos tienen «derecho a participar en la propiedad del territorio urbano», ya que los espacios y bienes públicos y privados de la urbe deben utilizarse «priorizando el interés social, cultural y ambiental». De igual modo, se recoge que las ciudades deben ser «un ámbito de realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales», garantizados a todas las personas, si bien se reconoce una protección especial a grupos y personas en situación vulnerable. Para completar este derecho, se aboga por el compromiso social del sector privado y el impulso a la economía solidaria.

Retos del derecho a la ciudad

El principal objetivo del derecho a la ciudad es la consecución de una vida digna para todos los habitantes. De ahí que su contenido cobre más importancia si cabe en el contexto actual de crisis. Para impulsar su implementación, en 2011, el Consejo de la Red Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales y Regionales (CGLU) adoptó la Carta-Agenda Mundial de Derechos Humanos en la Ciudad, encargada a la Diputación de Barcelona. Este documento surgió del Foro de Autoridades Locales para la Inclusión Social (FAL) de Porto Alegre, celebrado de manera simultánea al Foro Social Mundial. Su intención fue animar a sus miembros a aplicarla, ya que la ratificación de la Carta es voluntaria y aún está lejos de ser una realidad en buena parte de las urbes.

Para su entrada en vigor, las ciudades han de poner en marcha una consulta previa en la que participen sus habitantes para adaptarla a la realidad local y al marco legal. La idea es que se apruebe en el ámbito municipal, como Carta-Agenda Local, puesto que son los ciudadanos quienes mejor conocen sus necesidades y requerimientos. En esta línea, una de las cuestiones que más preocupa es el acceso a la vivienda o al empleo.

En el primer caso, en la Carta se recoge el derecho a la vivienda y se insta a las urbes «a adoptar medidas para garantizar a todos los ciudadanos que los gastos domésticos sean soportables de acuerdo a los ingresos». Otras condiciones que se reclaman pasan por garantizar a los grupos vulnerables planes de financiamiento y prioridad en las políticas de vivienda, que las casas reúnan condiciones de habitabilidad e inhibir la especulación inmobiliaria.

En cuanto al trabajo, se pretende que las ciudades, «en la medida de sus posibilidades», logren la consecución del pleno empleo y promuevan condiciones para combatir el trabajo infantil, facilitar el acceso de las mujeres al mercado laboral y la integración progresiva del comercio informal que desempeñan las personas de bajos ingresos o en paro.

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