Andalucía prohíbe la acampada libre y fija límites de ruido en los camping

Establece medidas para adaptar estas instalaciones a las necesidades de los discapacitados
Por EROSKI Consumer 18 de junio de 2003

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía dio ayer luz verde al Decreto de Ordenación de Campamentos de Turismo, texto que actualiza al vigente desde 1997 y desarrolla la Ley del Turismo de Andalucía con el objetivo de promover la calidad y la seguridad de este servicio turístico en una marco sostenible de respeto al medio ambiente.

La nueva norma introduce, como principales novedades, la prohibición de la acampada libre, con la única excepción de la posibilidad que se otorga a las autocaravanas para acampar en zonas habilitadas por los municipios, y la obligación de los camping de entregar a los clientes un folleto explicativo sobre normas de seguridad e información en cuatro idiomas, así como de suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 600.000 euros por siniestro.

Además, fija un máximo de ocho meses de permanencia en estos establecimientos (anteriormente eran seis), establece límites de ruido permitido (un máximo de 50 decibelios) y dispone de medidas para adaptar las instalaciones a las necesidades de las personas con discapacidad, mediante la supresión de barreras, la reserva de espacios y el permiso para circular con perros-guías.

Asimismo, el decreto introduce por primera vez la definición de ecoturismo o turismo ecológico como un nuevo servicio turístico para la organización de aquellas actividades que, comercializadas con carácter profesional y prestadas bajo criterios de responsabilidad ambiental, tengan como finalidad el aprecio, disfrute, sensibilización, estudio e interpretación de los recursos naturales.

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