El Gobierno modifica los criterios para regular la declaración de fiestas de interés turístico

Desestimará todas las solicitudes de fiestas en las que se maltraten animales o personas
Por EROSKI Consumer 8 de junio de 2006

El Gobierno ha decidido modificar los criterios para regular la declaración de fiestas de interés turístico nacional o internacional y desestimará todas «aquellas solicitudes de declaración de Interés Turístico Nacional o Internacional referidas a fiestas (…) en las que directa o indirectamente se maltraten animales o personas».

En la actualidad, más de un centenar de acontecimientos están declarados de interés turístico, entre ellos las Fiestas de San Fermín (Pamplona), el Corpus Christi de Toledo, el Carnaval del Toro, en Ciudad Rodrigo (Salamanca), Las Fallas de Valencia, las Hogueras de San Juan (Alicante) o las Fiestas de Nuestra Señora de la Merced (Barcelona).

Aunque la declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional o Internacional «es un título de carácter exclusivamente honorífico», permite a la localidad gozar de publicidad y apoyo de las instituciones tanto autonómicas como locales.

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio considera que es momento de «mejorar el régimen de declaración de las fiestas de Interés Turístico Nacional e Internacional» y «dotar de mayor objetividad» a los actuales criterios existentes. Según la orden ministerial conocida ayer, «se pretende aumentar la eficacia de las administraciones gestoras, así como la transparencia del procedimiento de concesión».

Respeto a animales y personas

Son dos las modificaciones principales con respecto a la normativa anterior. Primero y con el fin de poner «especial cuidado en garantizar el respeto a animales y personas», se impide a partir de hoy la concesión del título de fiesta de Interés Turístico Nacional o Internacional a cualquiera en la que se considere que concurren actos «en los que directa o indirectamente se maltraten animales o personas». Además, la localidad que aspire a que su fiesta sea declarada de interés nacional deberá contar «en la localidad o en el área geográfica inmediata (a una distancia no superior de 50 kilómetros) de un equipamiento adecuado de alojamientos y servicios turísticos».

Para la concesión del título, «se tendrá especialmente en cuenta el arraigo de la fiesta en la localidad, lo que implica la participación ciudadana en el desarrollo de la fiesta. Para evaluar ese aspecto, se considerará la existencia de asociaciones, peñas u otras agrupaciones similares de ciudadanos». También serán de obligado cumplimiento «las actuaciones promocionales en medios de comunicación», que -dice la orden ministerial- «habrán de alcanzar un número mínimo de 20 en medios nacionales o extranjeros, para el caso de las fiestas de Interés Turístico Nacional, y de diez exclusivamente en medios extranjeros, para las fiestas de Interés Turístico Internacional».

Los títulos serán otorgados por resolución de la Secretaría General de Turismo y tendrán carácter indefinido, «mientras concurran las circunstancias que motivaron su concesión». Aunque «todas las fiestas actualmente declaradas de Interés Turístico Nacional o Internacional seguirán siendo beneficiarias de dicha declaración». Por tanto, la orden ministerial que hoy entra en vigor no tiene carácter retroactivo.

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