El incumplimiento de contrato es el principal problema al que se enfrentan los turistas que contratan viajes combinados

Casi la mitad de los viajes al extranjero que se realizan durante el verano se concretan a través de esta modalidad
Por EROSKI Consumer 13 de junio de 2007

La mayoría de los españoles disfrutan de unos días de descanso durante el verano. Se calcula que más de la mitad de los ciudadanos viajan en estas fechas y buena parte de los desplazamientos al extranjero -el 40% aproximadamente- se concretan a través de viajes combinados.

La Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) ha detectado algunos problemas a la hora de contratar y disfrutar plenamente de este tipo de productos. Según esta asociación, la incidencia más habitual es el incumplimiento de lo contratado en un principio (hoteles de distinta categoría, menos excursiones de las contratadas, etc.), seguido de la falta de información y problemas con las indemnizaciones en caso de retrasos, cancelaciones o pérdidas de equipaje.

Guardar la publicidad

Para evitar sorpresas de última hora y disfrutar plenamente de las vacaciones, CECU recomienda comparar ofertas, atendiendo tanto a los precios como a los servicios ofertados; dejarse asesorar sobre el destino elegido, y guardar la publicidad recibida por si fuera necesario presentar alguna reclamación. El cliente puede exigir la prestación de los servicios anunciados «incluso cuando no vengan recogidos en el contrato».

CECU recomienda a quienes contraten un viaje combinado que guarden sus folletos publicitarios, para poder exigirlos «incluso cuando no vengan recogidos en el contrato»

De formalizarse el viaje, hay que suscribir un contrato por escrito en el que se recojan, entre otros datos, los destinos y periodos de estancia, medios y categorías de los transportes, fechas y lugares de salida y regreso, circunstancias del alojamiento, excursiones u otros servicios incluidos, nombre y dirección del organizador y del detallista, así como el precio del paquete turístico.

A este respecto, CECU recalca que antes de que se inicie el viaje la agencia deberá informar al cliente del nombre, dirección y número de teléfono del representante del organizador en cada destino o de los organismos locales que puedan ayudarle en caso de dificultades, o en su defecto, un número de teléfono de urgencia o de información.

En caso de que la agencia se vea obligada a modificar el viaje, deberá ponerlo en conocimiento inmediato del consumidor, quien podrá optar bien por resolver el contrato sin penalización alguna, o aceptar la modificación. Si decide resolver el contrato, la agencia deberá abonarle, salvo supuestos de fuerza mayor, una indemnización de hasta el 25% del precio del viaje si se produce en las 48 horas anteriores a la salida.

Asistencia

Por otro lado, CECU recuerda que la agencia deberá siempre prestar la asistencia necesaria al consumidor que se encuentre en dificultades. La asistencia derivada de accidentes en medios de transporte españoles con salida desde el territorio nacional estará cubierta en todo caso por el seguro obligatorio de viajeros.

Por último, CECU precisa que la agencia responderá por los incumplimientos que correspondan según su ámbito de gestión, pero responderán conjuntamente cuando sean varios mayoristas y minoristas los que hayan concurrido en el contrato. Para que esta responsabilidad sea efectiva, las agencias deberán constituir y mantener vigente una fianza que quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones derivadas de resoluciones judiciales o arbitrales.

En el caso de que un consumidor quiera reclamar, tendrá que tener en cuenta que el plazo para presentar este tipo de reclamaciones prescribe a los dos años.

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