UCE considera que el «overbooking» es un abuso legalizado por Europa

La organización exige el fin de la venta de billetes de avión por encima del número de plazas
Por EROSKI Consumer 22 de marzo de 2008

La Unión de Consumidores de España (UCE) ha solicitado el fin de la práctica del «overbooking» que, según sus datos, anualmente afecta a unos 250.000 pasajeros en toda Europa. La organización de consumidores considera que «la venta de billetes por encima del número de plazas es un abuso legalizado por la Unión Europea que no tiene justificación alguna hoy en día».

La práctica del «overbooking», explica UCE en una nota, «comenzó a aplicarse en pleno desarrollo de la navegación aérea civil cuando el escaso número de viajeros podía poner en peligro la viabilidad económica de los vuelos». Hoy en día no se produce esta situación. «Sin embargo las compañías aéreas siguen utilizando este argumento, que ha sido respaldado por la legislación comunitaria (Reglamento CE 261/2004) a pesar de que, básicamente, consiste en un incumplimiento contractual por parte de las compañías», sentencia.

Esta organización denuncia también «la impunidad» de los retrasos aéreos ya que considera «irrisorio» que en el caso de las demoras de hasta 5 horas la compañía aérea solamente tenga que compensar al pasajero con un bocadillo y un refresco, «lo cual resulta enormemente rentable para las aerolíneas», añade. Sólo si el retraso supera las cinco horas el pasajero tiene derecho a la devolución del billete. UCE entiende que estas compensaciones son «totalmente insuficientes» debido a los graves trastornos que tanto el «overbooking» como las demoras causan a los usuarios del transporte aéreo.

Derechos de los viajeros:

En el caso de que se produzca una situación de overbooking la compañía aérea deberá comunicarlo a los pasajeros y solicitar voluntarios a renunciar a su pasaje a cambio de una serie de beneficios. Sólo en el caso de que el número de voluntarios no permita solucionar la situación la compañía podrá denegar el acceso al vuelo. Las compensaciones establecidas para los afectados son las siguientes:

– 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros.

– 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km.

– 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en los anteriores (más de 3.500 km).

– Manutención y alojamiento en hotel en el caso de que sea necesario pernoctar una o varias noches, así como transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. Además, se ofrecerán gratuitamente al pasajero dos llamadas telefónicas o correos electrónicos.

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