Empresas «quitamultas»

Los honorarios son de entre 25 y 45 euros pero menos del 10% de conductores puede demostrar su inocencia y no abonar el importe de la sanción
Por S. Arias Borghi 14 de septiembre de 2007

Si hay algo que ponga de acuerdo a casi todos los conductores, es la reacción ante una multa: nadie la considera justa. Pero hay que pagar el importe de la sanción. Sin embargo, cuando se recibe una multa se halla la opción de presentar un recurso para evitarla, un derecho que los ciudadanos ejercen con mayor frecuencia desde la vigencia del carné por puntos. Para esta tarea, existen empresas y bufetes de abogados que aseguran grandes porcentajes de éxito para los infractores, con un coste aproximado que oscila entre 25 y 45 euros. Sin embargo, informes públicos demuestran que menos del 10% de los conductores puede demostrar realmente su inocencia y no abonar el importe de las multas. ¿Es rentable recurrir las sanciones contratando a estas empresas?

¿Qué hacer frente a una multa de tráfico que se considera «injusta»? Suele ocurrir que el conductor se encuentra con la sanción en el buzón de cartas semanas después de cometida la infracción detectada por el radar, por ejemplo. Y, si ha sido durante un trayecto largo, cuesta recordar realmente si se cometió o no tal infracción y el lugar exacto donde sucedió. En general, no resulta fácil enfrentarse al recurso de una multa de tráfico, pese a que el derecho a esta defensa se encuentra en la Constitución. Los procedimientos varían y conocerlos es una clave esencial para el éxito.

Las multas varían según el tipo de sanción que se aplica al conductor, que pueden ser leves, graves o muy graves. Entre las opciones más ventajosas por las que se puede optar se encuentran: abonar la suma correspondiente -y hacerlo dentro de los 30 días posteriores a la infracción, para ahorrarse hasta un 30%-, o recurrirlas. Aunque en los casos de multas leves, si se abonan se pierde el derecho a reclamar.

¿Pagar o recurrir?

El proceso para recurrir una multa es, en principio, sencillo: existen formularios que se pueden solicitar en las Delegaciones de Tráfico y que pueden ser rellenados por cualquier ciudadano, aunque cuando se toma la decisión de recurrir una sanción conviene asesorarse previamente, dado que el resultado no siempre puede ser beneficioso para el presunto infractor.

En primer lugar, hay que tener en cuenta la jurisdicción de donde provenga la infracción, es decir, si es de competencia autonómica, municipal o civil, para saber cómo y a quién dirigirse antes de recurrir, según señala Eugenio de Dobrynine Sirvent, director de la asesoría jurídica del Comisariado Europeo del Automóvil (CEA). Como la mayoría de ciudadanos desconoce estos procesos «no saben en qué fundamentar su alegato ni en qué normas apoyarse» para hacer su alegación, por lo que simplemente «se dedican a desmentir el hecho», según confirma Pablo Martínez, de Ayuda del Automovilista (ADA).

Empresas ‘quitamultas’

Frente a la complejidad del procedimiento, desde hace un tiempo han aparecido en el mercado las empresas denominadas «quitamultas». No todas estas empresas que se dedican a asesorar y representar a los ciudadanos en los recursos de multas de tráfico son iguales. Han proliferado, sobre todo, desde la entrada en vigor de la Ley del Carné por Puntos y por la mayor preocupación por la seguridad vial que existe desde hace unos años. En este contexto, se ha incrementado el número de sanciones y, puesto que los supuestos infractores se niegan a abonarlas, muchas compañías han detectado un nuevo filón que explotar en el deseo de los multados a recurrir a la Justicia.

Por una parte, están las empresas conocidas como ‘quitamultas’, es decir, gestores que se dedican específicamente a esta tarea, ofrecen un servicio sin garantías y prometen «quitarlas» representando y asesorando al cliente al cumplimentar los formularios, en la presentación de pruebas, etc. El problema estriba en que es imposible garantizar el éxito en los recursos, y sólo es posible ver las posibilidades de cada infracción dependiendo del tipo de multa que sea. Hay muchas compañías que «prometen éxito y tal como aparecen, desaparecen», según afirma Sirvent, de la CEA. Son compañías que suelen anunciarse en Internet, prometen eludir el pago de la infracción y cobran por cada consulta o tienen un teléfono de tarificación adicional para contratar el servicio. En estos casos, desde la primera llamada ya se está abonando por un proceso de resultado incierto.

Bufetes de abogados

Además de las empresas especializadas en gestionar la reclamación de las multas, la mayoría de bufetes de abogados ha incorporado a la lista de sus servicios esta prestación, como en el caso de ADA. Generalmente, brindan asistencia legal telefónica, seguro de retirada del carné de conducir, servicio de defensa integral para el profesional del transporte, y asistencia en temas tan variados que van desde los trámites de extranjería hasta gestiones de diversa índole. También las compañías aseguradoras del automóvil se han sumado a la tarea de recurrir las multas y cuentan dentro de su servicio de asistencia con la reclamación de sanciones, que el contratante del seguro puede suscribir fácilmente.

Brindan asistencia legal telefónica, seguro de retirada del carné de conducir, servicio de defensa integral para el profesional del transporte…

Los trámites para acceder a los servicios de estas empresas son muy simples: basta con hacer una llamada telefónica y hacer llegar por correo postal o fax la multa. A partir del momento en que la reciban, ellos se ocupan de hacer la reclamación que consideren pertinente. Los costes varían considerablemente en función del servicio requerido. Para recurrir una multa de tráfico los precios oscilan entre 23 y 45 euros. En cambio, si se desea contar con esta prestación anualmente hay empresas que cobran desde 55 euros y, a partir de esta base, comienzan a incrementar su precio realizando packs con otras ofertas, como por ejemplo el seguro de retirada del carné.

¿Conviene recurrir?

Teniendo en cuenta la cuantía de algunas infracciones y los costes que conlleva recurrir, el sólo riesgo de fallar en el intento suele desalentar al presunto infractor. Si la empresa logra ganar la reclamación, se cancela la sanción inicial y queda exonerado de pagar. Ahora bien, si no se presentan las suficientes pruebas, no sólo se pierde tiempo y dinero en el trámite, sino que además la cuantía a pagar por la infracción es aún mayor. “Frente a una multa impagada y cuando el recurso fracasa, el caso pasa a Hacienda con un 20% de recargo”, señalan desde la Dirección General de Tráfico. Si no se está conforme con esta desestimación hay que acudir a los Tribunales a través de un recurso contencioso administrativo.

Si no se está conforme con esta desestimación hay que acudir a los Tribunales a través de un recurso contencioso administrativo

Así, son muchos quienes estiman que no compensa recurrir una sanción de tráfico, que no siempre es la opción más recomendable. ¿Por qué? Porque puede ser peor el remedio que la enfermedad: frente a los alrededor de 90 euros que puede costar una infracción por mal aparcamiento, por ejemplo, el recurso a través de una empresa “quitamultas” podría costarle muy caro al infractor. Si fracasara, en este ejemplo, el gasto final sería de 90 euros, más los 18 de recargo, a lo que habría que sumar los costes de representación, con lo que la suma que habría de pagar podría elevarse hasta los 150 euros.

Carné por puntos

Hace poco más de un año que entró en vigor el carné por puntos que, además de sancionar a los infractores con multas, establece la retirada de puntos según la gravedad de las faltas, e incluso contempla la posibilidad de la pérdida del permiso de conducir. Si bien muchos sectores de la sociedad opinan que el sistema no es eficiente a la vista de las cifras de accidentes mortales registrados, otros han llevado a cabo diversos estudios que muestran un cambio de comportamiento entre los conductores. Un trabajo reciente del CEA, indica que “todas las infracciones de trafico se han visto reducidas, aunque destaca también el aumento notable tanto de la conducción negligente como del exceso de velocidad”. Muchos conductores, por su parte, reclaman más ‘mano dura’. El propio Antoni Riu, subdirector general de la Dirección General de Tráfico (DGT) ha dejado en claro en la Jornada ‘Balance de un año del carné por puntos en España’ que nueve de cada diez conductores piden que haya más controles y se endurezcan las sanciones.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube