Ayer entró en vigor el Real Decreto sobre etiquetado de huevos, que obliga a que en los estuches se incluya la explicación del código impreso en los mismos. Así, todas las hueveras deberán incluir la mención: «Primer dígito: forma de cría de las gallinas. Dos letras siguientes: Estado miembro de producción. Resto de dígitos: granja de producción».
La nueva normativa establece además las condiciones para utilizar la mención extra o extra fresco cuando los huevos se comercialicen en los nueve días siguientes a la fecha de puesta. En este caso, los operadores deberán presentar un pliego de condiciones que será aprobado por cada comunidad autónoma.
Los huevos serán identificados, por tanto, con el código del productor y el sistema de cría de las gallinas ponedoras (ecológicas, camperas, en suelo o en jaula). Se mantiene asimismo la clasificación tradicional: categoría A, destinados a consumo humano directo; y B, sólo aptos para la industria. También se mantiene la clasificación por peso de los huevos de categoría A, que se distinguirán con las letras XL, L, M y S.
Otros requisitos recogidos en la legislación anterior, como incluir la fecha de consumo preferente, la categoría de calidad y peso y la fecha de duración mínima, son igualmente obligatorios. Aquellos productores que vendan los huevos directamente al consumidor no estarán obligados a seguir estas directrices.
España produce 380.000 toneladas anuales de huevos, lo que le convierte en el segundo productor europeo tras Francia. Las exportaciones sobrepasan las 173.000 toneladas al año.