Nueva Ley de Protección de la Infancia: principales aspectos

La nueva Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia busca prevenir, detectar y actuar contra la violencia ejercida contra los menores
Por Verónica Palomo 29 de noviembre de 2021
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Imagen: Getty Images

Son muchos los estudios científicos que vinculan los abusos sufridos en la infancia con el consumo prematuro de droga y, en consecuencia, con el hecho de estar involucrado en delitos violentos durante la adolescencia y la juventud, algo que en muchos de los afectados perdura durante la edad adulta. Esto no quiere decir que las personas violentas y que cometen abusos sean víctimas porque ellas fueron abusadas de en su infancia, pero sí que es importante conocer estos riesgos para poner en estas personas el foco en la prevención. La nueva Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia se enmarca en este contexto. Te lo contamos.

La abogada Laura Pozuelo, profesora de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), da fe de que muchos agresores fueron en su día agredidos. “Es cierto que la violencia juvenil es un fenómeno transversal y que también puede alcanzar a todos los estratos sociales, a familias estructuradas, con buen nivel económico y en la que no se han sufrido abusos, pero cuando hay delito grave, la gran mayoría de las veces detrás de ese joven hay un historial muy duro en el que ellos mismos han sido víctimas del maltrato, con una familia totalmente ausente, desestructurada y, casi siempre, está metido en una espiral de delincuencia y drogas”, explica.

La nueva Ley de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia contra la Violencia (Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio) precisamente pretende prevenir, detectar y actuar contra la violencia ejercida contra los menores. Estas son algunas de sus medidas:

  • Se amplía el plazo de prescripción de delitos. Las víctimas de abusos sexuales tardan mucho en asimilar, entender, procesar y atreverse a denunciar los hechos que ocurrieron cuando eran menores. Por ello, los delitos ahora no prescribirán hasta que la víctima cuente con 40 años (en los casos más graves se ampliará a los 55 años).
  • Deber de denunciar. Todos los ciudadanos que seamos testigos de algún indicio de violencia estamos obligados a denunciarlo. Los menores también podrán denunciar sin necesidad de ir a la policía acompañados por un adulto.
  • Violencia machista. Se reconoce la violencia que se ejerce sobre los menores para causar daño al otro progenitor (violencia vicaria) y se suspende el régimen de visitas cuando exista una orden de protección en vigor y haya indicios fundados de que los hijos han presenciado, sufrido o convivido con la violencia.
  • Nuevos delitos. Se castigará a quienes promuevan el suicidio, la autolesión o los trastornos alimenticios entre menores por Internet, así como a aquellos que cometan delitos de naturaleza sexual contra menores en las redes.
  • Registro de las víctimas. Se creará un registro central de información sobre violencia contra la familia y se marcará una estrategia para erradicarla.

Ley de Protección de la Infancia: la valoración de UNICEF

Para UNICEF, el interés superior del niño cobra más importancia con la aprobación de esta ley. Y por ello destaca algunos aspectos. La protección de los menores frente a la violencia es una de las mejoras significativas, subraya. Por ejemplo, “los hijos de víctimas de violencia de género pasan a ser considerados también como víctimas. Además, se pretende impedir que personas que tienen antecedentes por delitos sexuales trabajen en contacto con niños”.

La institución también remarca que las situaciones de riesgo y desamparo se han regulado y definido de forma mucho más concreta. “La pobreza de padres o tutores ya no será la única causa para determinar la situación de desamparo de los niños. La elección del acogimiento familiar frente al residencial como medida preferente cuando un niño o niña necesite protección fuera de su familia de origen, especialmente los más pequeños”, comenta.

Y destaca como muy importante que por primera vez se incluye en nuestra legislación la obligatoriedad de realizar estudios previos que analicen el impacto que cualquier modificación normativa pudiera tener en los pequeños.

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