La garantía en una mudanza

La compañía encargada del traslado ha de responder de los posibles desperfectos
Por EROSKI Consumer 19 de agosto de 2004

Cuando alguien va a embarcarse en una mudanza una de sus principales preocupaciones puede tener relación con que todos sus objetos personales lleguen a su destino, es decir que no se produzcan extravíos. Obviamente también suele preocupar que todos los enseres lleguen en perfectas condiciones, especialmente que los más frágiles no sufran roturas, rayones ni ningún otro tipo de desperfecto.

La intranquilidad y el riesgo de cualquier propietario aumentarán si los enseres han de permanecer unos días en los almacenes y guardamuebles de la compañía. No obstante, las empresas dedicadas a realizar mudanzas están obligadas por ley a ofrecer una cobertura por pérdidas o daños de los bienes transportados. Pero su responsabilidad está limitada. Por tanto, es conveniente averiguar hasta donde llegan las coberturas en cada caso.

Para tener la certeza de que todo llegará en buenas condiciones y que, de no ser así, la empresa encargada del traslado responderá responsabilizándose de ello, conviene solicitar una garantía por escrito en la que se refleje que la compañía se hará cargo de todos los desperfectos que se produzcan durante la mudanza y el almacenamiento de los objetos.

Para poder ejercer el derecho de todo consumidor en caso de reclamación, hay cierta documentación importante que se debe conservar para protegerse contra cualquier daño, incumplimiento o extravío:

–El contrato con la agencia de mudanzas y la copia de la orden de servicio en la que se detalle la fecha en la que las pertenencias han sido recogidas y habrán de ser entregadas en el nuevo domicilio, así como la tarifa del servicio.

–Un inventario supervisado por el cliente, aunque tenga un coste. En él se detallarán todos los enseres objeto del traslado y en qué condiciones están, para comprobar tras el trayecto si la carga ha llegado completa y en idéntico estado.

Una vez que la compañía haya procedido a la entrega de su carga, compete al cliente verificar el estado de los objetos trasladados. No debe firmar el recibo hasta que no se haya asegurado de que todo esté bien o de que los empleados hayan tomado la pertinente nota sobre los daños o pérdidas.

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