Cataluña multa con 9.000 euros al Instituto Cefer por haber utilizado óvulos congelados

La Generalitat considera que el centro no se ajustó a los términos de la Ley General de Sanidad
Por EROSKI Consumer 20 de marzo de 2003

El departamento de Sanidad de la Generalitat de Cataluña decidió ayer multar al Instituto de Reproducción Asistida Cefer con una sanción de 9.005,07 euros al considerar que el centro cometió dos faltas graves por utilizar óvulos congelados para lograr cuatro embarazos mediante fecundación in vitro.

El comunicado emitido por el departamento de Sanidad asegura que está probado que el Instituto «realizó investigaciones que no se ajustan a los términos de la Ley General de Sanidad, por la cual se regulan las técnicas de reproducción asistida».

El montante total de la sanción se divide en dos faltas graves. La primera, que significa una multa de 6.000 euros, se impone por no ajustarse a la Ley General de Sanidad y también por utilizar óvulos congelados con fines de reproducción asistida, sin tener las autorizaciones correspondientes. La segunda, de un montante de 3.005,07 euros, responde a la publicidad que Cefer efectuó de las técnicas de reproducción asistida con óvulos congelados, incumpliendo los requerimientos específicos formulados por las autoridades sanitarias, así como los del Comité Ético y de Investigación Clínica del Centro Médico Teknon.

La respuesta del director de la clínica, Simón Marina, no se ha hecho esperar. Asegura que las infracciones imputadas son falsas y que piensa recurrir la sanción. Afirma que la clínica consiguió la autorización del Comité Ético y de Investigación Clínica del Centro Médico Teknon para usar los óvulos congelados el 15 de noviembre de 2001 y los descongeló un mes después.

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