El salario mínimo en España ha perdido más del 11% de poder adquisitivo desde 1990

En estos años ha habido subidas inferiores al incremento de los precios
Por EROSKI Consumer 15 de septiembre de 2002

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 1990 era el equivalente a 300,57 euros al mes (por catorce pagas anuales). El pasado 1 de enero los sucesivos incrementos lo habían situado en 442,20 euros, lo que representa una subida acumulada del 47,12%. Unas cifras que no quieren decir nada si no se las compara con la evolución de los precios, que han experimentado un incremento del 58,5% en el mismo periodo de tiempo. Es decir, si se hubiera aplicado una política de mantenimiento del poder adquisitivo al más pequeño de todos los salarios, en este momento su cuantía sería de 476,40 euros (79.266 pesetas). Se trata de una diferencia superior a los once puntos.

Pero los sucesivos gobiernos socialistas y del PP no incrementaron en varios ejercicios el SMI en la misma forma que subía la inflación y las personas que cobran esa cantidad cada mes (en torno a medio millón, según las centrales sindicales) han visto como su capacidad de compra menguaba año tras año.

Y es que el Salario Mínimo Interprofesional arrastra una pesada losa sobre sí, que le impide ser favorecido por el Gobierno de turno. La explicación es que no hay Ejecutivo al que le salgan las cuentas, porque el SMI, además de fijar la paga de los trabajadores que no están incluidos en ningún convenio, es, sobre todo, una referencia para una serie de retribuciones que corren a cargo del Estado, entre las que destacan las pensiones mínimas para las personas con cónyuge a cargo, el subsidio de desempleo, las del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) y diversas rentas mínimas de inserción.

Es decir, que cuando el Gobierno decide subir el SMI, más que pensar en cómo puede afectar el incremento a los costes salariales de determinados sectores de actividad y empresas, debe evaluar cómo va a incidir en los Presupuestos Generales.

A lo largo de los años han ido creciendo las referencias al SMI para los más variados capítulos. Se tiene en cuenta para las ayudas a la compra de viviendas protegidas, para la concesión de becas, subvenciones, etc. Y todo ello pesa tanto sobre el SMI que le impide crecer, porque de lo contrario obligaría a cambiar muchas políticas sociales, que serían difíciles de mantener si se producen incrementos del 10% en algunas de las referencias utilizadas, como es la subida que reclaman los sindicatos y el PSOE para el salario mínimo.

La solución barajada desde hace un tiempo por centrales y partidos políticos de oposición es convertir el SMI en una magnitud exclusiva para lo que su nombre indica, y crear referencias diferentes para las otras materias ya citadas.

Lo curioso del caso es que fueron los sindicatos los que, tras la huelga general del 14-D de 1988, arrancaron al Gobierno el compromiso de equiparar las pensiones mínimas al SMI, cosa que se produjo en pocos años para los perceptores de pensiones contributivas con cónyuge a cargo.

La equiparación en aquella época de todas las pensiones al SMI -Sovi, viudedad, orfandad, asistenciales, etc.- habría tenido un coste, al igual que ahora, prohibitivo. En 1993 habría supuesto 1,8 billones de pesetas, según indicó entonces Fidel Ferreras Alonso, director general del Instituto Nacional de la Seguridad Social, es decir casi un tercio de los 5,6 billones de pesetas que la Seguridad Social se gastó en pensiones aquel año.

Las pérdidas de poder adquisitivo del SMI se han producido tanto en periodos de gobiernos socialistas como del Partido Popular, y constituyen un desafío al espíritu de la ley, en concreto del Estatuto de los Trabajadores (ET). Esta norma básica no contempla literalmente como obligatorio el mantenimiento del poder adquisitivo del SMI, pero los sindicatos CC.OO. y UGT aseguran que de su contenido se desprende con claridad que su subida debe ser al menos igual a la de los precios.

En concreto, el artículo 27.1 del ET atribuye al Gobierno la fijación del SMI, previa consulta con empresarios y sindicatos, «teniendo en cuenta el índice de precios al consumo, la productividad media nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la renta nacional y la coyuntura económica general.

Aseguran CC.OO. y UGT en un reciente estudio que el objetivo del mandato es indudable: «Preservar al SMI de posibles pérdidas de poder adquisitivo derivadas de desviaciones no previstas de la inflación».

Otra reivindicación sindical, que avala esa interpretación, es que se revise el SMI semestralmente, tal como establece la citada norma, «para el caso en que no se cumplan las previsiones sobre índice de precios citado». Es la situación de este año, que en el mes de junio presentaba una inflación interanual del 3,4%, mientras que el SMI subió el 1 de enero el 2%. Es decir, a final de año, con toda seguridad, y si el Gobierno no lo remedia, se habrá producido una pérdida de poder adquisitivo añadida a la citada del 11,4%.

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