Derechos de los usuarios en un parque acuático

Los parques acuáticos, con sus toboganes y piscinas, se han convertido en una atractiva opción de ocio, sobre todo para niños y jóvenes
Por EROSKI Consumer 8 de septiembre de 2005

Más de un millón de visitantes por temporada se acercan sólo a los parques de la promotora Parques Reunidos, situados en lugares de gran afluencia turística. Sus variadas instalaciones ofrecen programas educativos y diversión garantizada pero, al igual que las piscinas, también tienen que reunir una serie de requisitos.

La Federación Andaluza de Consumidores y Amas de Casa, AL-ANDALUS, ha hecho públicas las obligaciones que deben cumplir:

. Los parques acuáticos deben disponer de un control de acceso y recepción, asistencia sanitaria, aseo y vestuarios, así como puntos de agua de consumo público en una proporción mínima de un surtidor por cada 750 personas.

. En carteles situados de forma visible se informará sobre las condiciones de acceso, derechos y obligaciones de los usuarios, horario del parque, lista de actividades y servicios convenientemente señalada en el plano, el código de señales indicando su significado y la lista de precios.

. Los baños deben contar con un lavabo y una ducha por cada 100 personas y con un inodoro por cada 50 personas.

. Debe existir un servicio de asistencia sanitaria radicado en lugar visible al que pueda accederse fácilmente desde el interior y que permita una rápida evacuación por el exterior. También ha de disponer de una ambulancia de manera permanente.

. Las rampas, pistas y toboganes estarán dispuestos de forma que las superficies de deslizamiento sean lisas y continuas todo el recorrido. Las juntas, solapas o uniones de estas estructuras no constituirán un peligro para los usuarios en forma de corte, pinchazos o rozaduras, ya por impacto o por simple contacto, ya de modo fortuito o intencionado.

. El socorrista debe observar siempre a los usuarios para garantizar su integridad física, ya que es responsable directo de cada actividad acuática.

Las personas que hagan uso de los parques acuáticos tienen derecho a:

. Formalizar una reclamación en la correspondiente hoja de reclamaciones cuando consideren que el servicio es deficiente o que se está incumpliendo alguna de las obligaciones del parque.

. Una indemnización y reparación efectiva de los daños y perjuicios sufridos por la utilización debida de las instalaciones del parque.

Por otra parte, los usuarios deben asumir las siguientes obligaciones:

. Acatar las normas indicadas el personal responsable del parque, así como las indicadas en las señales.

. Procurar colaborar en el mantenimiento de la limpieza e higiene de las instalaciones.

. No deslizarse por toboganes, rampas y pistas con prendas que tengan remaches o con relojes, pulseras o cualquier otro objeto que pueda ocasionar daños a cualquier otra persona o a la superficie deslizadora.

. No podrán tirarse de pie, pararse en el recorrido o incorporarse a la atracción desde otro punto distinto al establecido para tomar la salida en toboganes, pistas y rampas.

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