El equipo directivo de los centros privados tendrá rango de autoridad pública

La ley madrileña de autoridad del profesorado se aplicará también en estos centros educativos
Por EROSKI Consumer 15 de enero de 2010

La nueva ley de autoridad del profesorado también se aplicará en los colegios privados de la Comunidad de Madrid. Así lo recoge el texto definitivo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad y remitido a la Asamblea de Madrid, que será la encargada de aprobarlo durante las primeras semanas del mes de marzo, trámite tras el que entrará en vigor. Lo más novedoso es que la normativa que busca reforzar la figura del profesorado no sólo afectará a la escuela pública y concertada, como así estaba previsto en un principio, sino que también se extenderá a los centros privados.

Esta nueva norma otorgará rango de autoridad pública a los directores y demás miembros del equipo directivo, así como para el resto de profesores de los centros educativos madrileños. Esa condición de autoridad implica que los hechos constatados por los profesionales de la enseñanza gozarán de presunción de veracidad en sus declaraciones.

El Ejecutivo madrileño recibió hace unos días el visto bueno del Consejo Escolar, que fue quien recomendó incluir a los colegios privados en esta iniciativa. Se trata de una ley de «pertinente» y «necesaria» para «incrementar la calidad de la enseñanza y garantizar mejor el derecho constitucional a la educación» en la Comunidad de Madrid, señaló el citado organismo.

La ampliación de la ley a los centros privados implica que al final serán 75.000 los profesores a los que acoge este texto, y no los 67.000 anunciados en un principio. El principal objetivo de la ley es fomentar la consideración y el reconocimiento público que les corresponde a los docentes de acuerdo con su labor y facilitar que puedan ejercer sus funciones en un clima de orden, disciplina y respeto. La futura ley también permitirá que las faltas que se cometan contra los maestros tengan una consideración más grave.

Para reforzar esta condición, la administración educativa adoptará, a través de la nueva normativa, las medidas oportunas que garanticen la adecuada protección y asistencia jurídica de los profesores. Además, garantizará la cobertura de su responsabilidad civil en relación con los hechos que se derivan de su ejercicio profesional, tanto dentro como fuera del centro educativo. Igualmente, establece que los centros podrán recabar de los padres la información y colaboración necesaria respecto a las circunstancias personales, familiares o sociales de los alumnos para facilitar la aplicación de las normas que garanticen la convivencia escolar.

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