Curso formativo y otras obligaciones para tener mascota

El curso que te considerará apto para cuidar un perro será gratis y online, e incluirá el aprendizaje de comportamientos cívicos a los propietarios
Por EROSKI Consumer 21 de enero de 2022
curso para tener perro

Peces, pájaros, conejos, gatos, pero sobre todo perros, acompañan al 50,2 % de las familias españolas. La tenencia de un animal debe ir acompañada de responsabilidad hacia él. Por ello, en breve, las personas titulares o responsables de una mascota deberán realizar previamente un curso de formación que los acredite como aptos para la tenencia de perros, y tendrán que contratar de manera obligatoria un seguro de responsabilidad civil. Asimismo, como te explicamos también en este artículo, se prevé que el animal cuente con su propio DNI y se prohibirá dejar solo al can más de 24 horas seguidas.

¿Cómo será el curso para poder tener un perro?

Según el anteproyecto de Ley de Protección y Derechos de los Animales, en uno de cada tres hogares de nuestro país reside un animal de compañía; una realidad que el ‘Estudio de Mascotas’ realizado en junio de 2021 por Veterindustria, en colaboración con la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía (ANFAAC), sube al 50,2 % de las familias españolas. El 33,2 % de estos animales son perros.

Teniendo en cuenta estos datos, en el anteproyecto se prevé, entre otras cuestiones, que los futuros propietarios de perros pasen antes un curso de idoneidad con el fin de evitar abandonos y maltrato, además de actuaciones incívicas. ¿Cómo será este curso?

En realidad, aún se desconocen detalles concretos. De hecho, desde la Asociación Madrileña de Veterinarios de Animales de Compañía (AMVAC), de momento solo pueden remitirse a lo publicado en octubre en el borrador de la ley, donde «se menciona el curso formativo en la exposición de motivos, y se menciona también que el contenido de ese curso se desarrollará reglamentariamente». En todo caso, como explicaba Sergio García, director general de Derechos de los Animales, se trata de «un sencillo curso de conocimientos muy básicos» para comprobar que el futuro cuidador de un perro, al finalizarlo, está capacitado para tener un can como compañero. Como se colige del anteproyecto, el curso:

🐕  Abordará conocimientos cívicos. Establecerá «un marco de civismo» para evitar conductas como no recoger los excrementos de los perros en las calles o desconocer dónde llevarlo atado, entre otras actuaciones.

🐕  Se tratará de un curso gratuito y online. Se prevé que no habrá que pagar nada por él, y que se hará por Internet. La formación se impartirá para obtener la cualificación de manipulador de animales.

🐕  Lo deberá realizar el titular del perro.

¿A favor o en contra de un curso para tener perro?

curso dueños perrosImagen: Goochie Poochie Grooming

La obligatoriedad de hacer un curso formativo si quieres tener un perro divide a los expertos. Mientras que algunos valoran positivamente la medida, que estiman muy necesaria, otros, como la veterinaria Paula García, creen que no se puede simplificar, y que no bastaría con un curso «básico», ya que hay muchos perfiles de propietarios —que en realidad no deberían tener un perro— que pasarán este curso y tendrán «patente de corso» con el certificado.

Realizar un curso tan básico puede ser, en estos casos, contraproducente «al generar la sensación de que con este simple trámite se ha solucionado el problema». Asimismo, otros expertos señalan también que las administraciones deberían llevar a cabo un «control más efectivo», que sí brindaría una solución contra los abandonos y los malos tratos.

Otras obligaciones para los dueños de mascotas

🔸 Contratar un seguro de responsabilidad civil

La persona responsable de un animal, y subsidiariamente su titular, será también responsable de los posibles daños, perjuicios o molestias que pudiera ocasionar a personas, otros animales o cosas, a las vías y espacios públicos y al medio natural. En el caso de los perros, debe suscribir un seguro de responsabilidad civil.

🔸 No dejar solas a las mascotas

No se podrá dejar a las mascotas solas más de tres días consecutivos. En el caso de los perros, no podrán estar sin una persona a cargo más de 24 horas.

🔸 Sacrificio animal

Solo se puede proceder al sacrificio animal «bajo criterio y control veterinario con el único fin de evitar su sufrimiento» o por motivos de sanidad animal, riesgo para la salud pública o medioambientales, etc. y siempre debidamente. El procedimiento de aplicar la eutanasia al perro y otros animales deberá realizarlo solamente personal veterinario con métodos que garanticen un buen trato al animal en sus últimos momentos.

🔸 Máximo de perros por casa

La norma establece que podrá tenerse en casa un máximo de cinco animales. Si ahora tienes más, no debes preocuparte ya que la ley no tendrá carácter retroactivo.

🔸 Registro de inhabilitados

La nueva normativa tratará de impedir el maltrato, definido como «toda conducta, tanto por acción como por omisión, mediante la cual se inflige a un animal dolor o sufrimiento».

Entre las medidas concretas para tratar de evitarlo está la creación de un Registro Nacional de Inhabilitaciones para la Tenencia y Actividades relacionadas con Animales (RINTA), que contendrá «la inscripción de los datos de identidad de las personas físicas o jurídicas, inhabilitadas penal o administrativamente para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para la tenencia de animales».

DNI animal, ¿para cuándo?

El futuro DNI animal, obligatorio para perros y gatos, consistirá en un sistema de acceso a una base de datos donde se incluye tanto la información que contiene el chip, como información añadida. Su objetivo es «garantizar que avanzamos en el camino correcto y en un modelo donde ningún animal sea abandonado a su suerte en España», explica la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra.

Aún no es obligatorio, a pesar de la confusión suscitada a raíz de la entrada en vigor el 1 de enero de una modificación del Código Civil que define a los animales como «seres sintientes»; es decir que «no podrán ser embargados, hipotecados, abandonados, maltratados o apartados de uno de sus dueños en caso de separación o divorcio».

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