Limitadores de velocidad

En los turismos su uso se extiende progresivamente, aunque es más una medida de comodidad que de seguridad. Por el contrario, en determinados autobuses y camiones es obligatorio por ley
Por EROSKI Consumer 8 de marzo de 2007

Img velocimetroImagen: Emuishere P

Los limitadores de velocidad nacen como un invento estadounidense, donde las inmensas distancias, las interminables rectas y los estrictos controles de velocidad invitan al conductor a desentenderse de la fatigosa tarea de medir constantemente la presión que ejerce sobre el pedal del acelerador.

Antiguamente estos limitadores eran mecánicos, pero desde la llegada de la inyección, el control se realiza por medios electrónicos, existiendo dos tipos: el regulador y el limitador:

  • El regulador permite fijar una velocidad y el coche la mantiene de forma automática, acelerando el motor en las pendientes y frenando ligeramente en las bajadas para que la aguja se mantenga «clavada» en el punto deseado del velocímetro. El sistema se desactiva de forma automática en cuanto el conductor toca el freno o el acelerador, evitando así ser un estorbo ante una repentina incidencia de la circulación. Resulta muy cómodo en autopistas y mejora la seguridad al reducir el cansancio que supone llevar la pierna derecha constantemente sobre el pedal del acelerador.

  • El limitador simplemente avisa al conductor cuando va a rebasar la velocidad indicada. No le libera, por tanto, de llevar el pie derecho sobre el acelerador. El aviso se puede realizar mediante testigos de luz, alarma sonora o un endurecimiento del tacto del pedal. Si el conductor presiona, el limitador deja de actuar entrando de nuevo en acción cuando la velocidad desciende de nuevo por debajo del límite indicado.

Cada vez más vehículos incorporan estos limitadores de velocidad de serie y está llegando ya a las gamas medias del mercado. Los automóviles de lujo han mejorado estos limitadores hasta convertirlos en «controles inteligentes de velocidad» que no sólo mantienen la velocidad, sino que la regulan para mantener la distancia de seguridad con el vehículo que les precede.

En una encuesta realizada a finales de 2005 por el RACC sobre el riesgo de la velocidad, un 77 % de los conductores entrevistados dijeron estar dispuestos a instalar un limitador de velocidad en el vehículo. La encuesta «Sarte 3: Conductores europeos y riesgo en la carretera» situaba el porcentaje, a principios de ese mismo año, en el 63%.

Camiones y autobuses: obligatorio

Por ley, desde el 1 de enero de 2005 todos los vehículos pertenecientes a las siguientes categorías deben disponer de un limitador de velocidad ajustado al máximo permitido de 100 km/h. Estas son las diferentes categorías:

  • M2: vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima no supere las cinco toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
  • M3: vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima supere las cinco toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros.
  • N2: vehículos cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas e inferior o igual a doce toneladas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.
  • N3: vehículos cuya masa máxima supere las doce toneladas diseñados y fabricados para el transporte de mercancías.

No hay que olvidar que esta medida tiene por objeto mejorar la seguridad de estos vehículos especiales, de sus ocupantes y de los demás usuarios de la vía.

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