Bruselas limita la presencia de 16 sustancias en el agua embotellada que en altas dosis pueden ser nocivas

Los consumidores contarán con etiquetas más claras donde se indicarán todos los componentes
Por EROSKI Consumer 24 de diciembre de 2002

El pasado día 12, el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria, en el que están representados los Quince, aprobó una propuesta de la Comisión Europea para endurecer la normativa en vigor sobre las aguas minerales naturales, rebajando el contenido máximo tolerado de 16 sustancias que, a concentraciones altas, pueden comportar riesgos para la salud y estableciendo reglas de etiquetado más estrictas, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2004.

«La producción de agua mineral natural ya estaba sometida a reglas comunitarias muy estrictas que garantizan su gran pureza pero ciertas sustancias, presentes de forma natural en las aguas minerales tras una larga filtración subterránea, pueden representar en ciertos casos un riesgo a largo plazo», comentó el comisario europeo de Sanidad y Protección de los Consumidores, David Byrne. Se trata, concretamente, de adecuar la norma europea a los contenidos máximos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) y los científicos de la UE recomiendan para el arsénico, el bario, el flúor, el boro o el manganeso, entre otros elementos. Si una planta embotelladora detecta cantidades superiores a las autorizadas, deberá poner en marcha un «tratamiento de separación autorizado». Dado el coste importante que pueden representar estas instalaciones técnicas, la UE acordó un plazo de tres años, hasta el 1 de enero de 2006, para exigir el cumplimiento de esta nueva norma.

Este plazo se amplió hasta el 1 de enero de 2008 para el flúor y el níquel, porque a día de hoy, ningún procedimiento de separación de estos elementos ha sido homologado por la UE. En el caso del flúor, sin embargo, las etiquetas deberán explicar a los consumidores, a partir de enero de 2004, que un agua con un contenido superior a 1,5 miligramos por litro no es adecuada para preparar los biberones del bebé ni para la alimentación de niños de corta edad, una obligación que hoy no existe. Las nuevas reglas también exigen que se haga constar en la etiqueta de la botella de agua mineral si se ha utilizado un procedimiento cada vez más frecuente para eliminar por oxidación elementos nocivos y que consiste en tratar el agua con aire enriquecido con ozono.

En la actualidad, el agua mineral embotellada se rige por una directiva comunitaria que se remonta a 1980, pero los avances de la ciencia han convertido en obsoletas algunas de sus disposiciones técnicas, porque no preveía, por ejemplo, límite alguno para las sustancias indeseables de origen natural. El desarrollo espectacular del mercado del agua embotellada ha llevado a la aparición de numerosas empresas que ofrecen una calidad variable, algo que los consumidores difícilmente pueden evaluar mediante la lectura de una etiqueta porque serían necesarios conocimientos de química y de dietética que están al alcance de unos pocos.

La calidad de un agua embotellada depende sobretodo de su procedencia y de los factores externos que la caracterizan. El aumento de la contaminación ambiental, la lluvia ácida, el uso de pesticidas en la agricultura o la proximidad de actividades industriales y mineras pueden afectar seriamente la composición de un agua. El agua de manantial procede generalmente del subsuelo, es potable si ha sido suficientemente filtrada, pero resulta sensible a los cambios meteorológicos y a la contaminación de la superficie.

Las aguas minerales naturales proceden de acuíferos subterráneos donde pueden tardar incluso siglos en estabilizarse, en términos de su pH, su caudal y su temperatura. La filtración que se produce desde que el agua es lluvia hasta que es captada determina sus características en cuanto a contenido de oligoelementos, minerales y otros elementos. Teóricamente, están a salvo de la contaminación exterior y no precisa tratamiento alguno, salvo la decantación o filtración para eliminar elementos inestables. Las dos directivas comunitarias que regulan esta última categoría exigen garantías de que ha sido embotellada en el lugar de captación, de que no ha sido tratada, de que su composición, temperatura, caudal y pH no varían y de que existe un «perímetro de protección» del lugar.

Antes de que la Comisión Europea tomara cartas en el asunto, varios países (Alemania, Francia, Holanda, Finlandia e Italia) habían decidido prohibir por su cuenta la fluoración artificial del agua ante las dudas de la comunidad científica sobre los efectos de esta práctica sobre la salud humana. La directiva comunitaria sobre el agua potable establece un máximo de 1,5 miligramos por litro, el mismo que aconseja la OMS. Se considera buena la que contiene entre 0,5 y 2 miligramos por litro, pero más allá existe el riesgo de padecer fluorosis dental o fluorosis crónica.

El plomo representa otra amenaza para la salud, de la que se desconoce hoy en día la amplitud, porque el primer informe sobre el contenido de este elemento en nuestra agua potable no debe ser entregado por los Quince a la Comisión Europea hasta 2005. Los expertos dan por seguro que se rebasará en numerosos casos el límite de 50 microgramos por litro, dado que en muchos países el agua sigue circulando por viejas tuberías de plomo. España, junto con Alemania, Irlanda, Holanda, Austria, Portugal y el Reino Unido, ya han comunicado a Bruselas sus programas de sustitución de estas cañerías.

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