Las multas por vender plantas medicinales en puestos ambulantes a partir de abril ascenderán hasta 3.000 euros

Estos comerciantes deberán cumplir con los requisitos sanitarios, que hasta sólo se exigían a los establecimientos de herbodietética
Por EROSKI Consumer 31 de marzo de 2010

El Gobierno ha prohibido la comercialización de hierbas medicinales a granel a partir de abril a los propietarios de puestos ambulantes. Hasta ahora, sólo los establecimientos permanentes de herbodietética tenían la obligación de cumplir la normativa sanitaria que lo impedía pero, tras la aprobación del RD 199/2010, los vendedores ambulantes se enfrentan a multas de hasta 3.000 euros.

Las plantas medicinales que se comercialicen en el futuro en los mercadillos deberán de estar envasadas, marcadas con el registro que identifica al empaquetador, con su fecha de caducidad y el visto bueno de seguridad alimentaria. «El mayor beneficiado con este cambio será el consumidor», asegura Aurora Vela, presidenta de la Federación Española de Asociaciones de Herbodietética.

La representante de los herboristas pone de manifiesto que con esta nueva regulación que preserva la adecuada conservación de los productos, también se preserva la salud de los compradores ya que «se evitarán las mezclas de plantas que hacen algunos vendedores sin la formación adecuada que pueden ser perjudiciales para la salud del consumidor».

Desde la Federación Española de Asociaciones de Herbodietética se muestran satisfechos con la adopción de esta medida con la que finaliza la «situación discriminatoria» que existía en el sector. «Aplaudimos que el Gobierno les obligue a respetar las mismas normas sanitarias que al resto pero no estamos en contra de la venta en mercadillos, es un modo de promoción para el sector», asegura Aurora Vela.

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